Empresas que realicen pronósticos electorales o encuestas de boca de urna deberán presentar acuerdo de responsabilidad

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó las reformas al reglamento sobre personas naturales o jurídicas que realicen encuestas de voto a boca de urna y pronósticos electorales. Según el consejero Paúl Salazar, los cambios buscan generar seguridades de la muestra que se tome, certeza en los datos y reducción en margen de error.
Según las reformas aprobadas, las personas naturales o jurídicas que deseen realizar pronósticos electorales y / o encuestas de voto a boca de urna, deberán presentar en la Secretaría General del CNE o en las secretarías de las Delegaciones Provinciales Electorales, un formulario de inscripción y un acuerdo de responsabilidad debidamente firmado por el representante legal de éstas; mismos que estarán disponibles en la página web institucional (www.cne.gob.ec).
La Dirección Nacional de Estadística revisará los documentos presentados y verificará el cumplimento de los requisitos establecidos para el registro de su inscripción.
Asimismo, para realizar pronósticos electorales y / o encuestas de voto a boca de urna, las personas naturales o jurídicas deberán especificar el tipo y tamaño de la muestra nacional y / o territorial (estratificada y ponderada). En el caso de encuestas de voto a boca de urna, se deberá especificar los recintos donde se toma la muestra.
Las personas naturales y jurídicas, para cumplir este propósito, también deberán presentar en un medio magnético, los nombres, cédula de identidad y firma de los encuestadores, de los técnicos encargados de realizar la muestra, así como del representante legal de la empresa encuestadora (en el caso de personas jurídicas). Además, el Pleno del organismo electoral aprobó que el margen de error estadístico de los resultados de los pronósticos electorales y / o encuestas de voto a boca de urna, no deberá sobrepasar el 3%.
Los medios de comunicación que decidan difundir los resultados de los pronósticos electorales y / o encuestas de voto a boca de urna, deberán especificar que esta es información no oficial.
Debido a la información que se genera a través las actividades de pronósticos o encuestas a boca de urna, el CNE puede tomar cualquier tipo de acción legal ante jurisdicción electoral u ordinaria y se reserva el derecho a iniciar cualquier tipo de acción.
Según el consejero del CNE, Paúl Salazar, las modificaciones buscan garantizar: seguridades a la muestra, integralidad territorial, certeza en los datos y reducción en margen de error.
Estos documentos regirán para las votaciones para la consulta popular y el referendo constitucional del 4 de febrero. (I)





