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El límite para pago de utilidades se mantiene en 24 salarios básicos

Posted On 20 Feb 2018

 

El Ministerio de Trabajo, a través de un comunicado, aclaró que el límite del pago de utilidades distribuidas a los trabajadores no ha tenido ninguna alteración. La Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo (abril, 2015), en su artículo 15, señala que el techo de las utilidades no podrán exceder de 24 salarios básicos unificados (SBU).

Para este año el pago de ganancias tendrá un límite de $9.264, ya que la remuneración básica actual es de $ 386. Según la ley, en caso de que el valor supere el monto señalado, el excedente se entregará a la Seguridad Social.

Desde que entró en vigencia la legislación varios grupos presentaron acciones constitucionales para frenar la medida, sin que hasta el momento exista algún fallo de la Corte Constitucional. Al respecto, el Ministerio indicó que acogerá lo que determine la Corte o la Asamblea Nacional. De esta manera desmiente rumores sobre supuestos acuerdos institucionales que hacían referencia al pago de utilidades.

Cualquier acto ministerial que anticipe la resolución de la Corte, en relación al Decreto de los valores correspondientes a las utilidades, podría constituir causal de peculado (uso indebido de fondos públicos) con responsabilidad civil y penal para los funcionarios que contradigan lo resuelto por la Corte. (I)

 

 

Fuente: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/4/el-limite-para-pago-de-utilidades-se-mantiene-en-24-salarios-basicos

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