{"id":207358,"date":"2011-07-04T00:00:00","date_gmt":"2011-07-04T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/nueva-ley-permitira-compra-y-venta-de-propiedades-en-cuba\/"},"modified":"2011-07-04T00:00:00","modified_gmt":"2011-07-04T00:00:00","slug":"nueva-ley-permitira-compra-y-venta-de-propiedades-en-cuba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/nueva-ley-permitira-compra-y-venta-de-propiedades-en-cuba\/","title":{"rendered":"Nueva ley permitir\u00e1 compra y venta de propiedades en Cuba"},"content":{"rendered":"<div>\n<p id=\"internal-source-marker_0.825364934746176\" style=\"text-align: justify;\" dir=\"ltr\">El gobierno de Ra\u00fal Castro ha implementado una nueva ley que eliminar\u00e1 numerosas prohibiciones existentes y simplificar\u00e1 los tr\u00e1mites para el traspaso de propiedades en Cuba, lo que significa que antes fin de a\u00f1o, los cubanos podr\u00e1n vender y comprar casas u autom\u00f3viles, inform\u00f3 el diario Granma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\" dir=\"ltr\">En una reciente reuni\u00f3n del Consejo de Ministros se anunci\u00f3 que se trabaja en estos momentos en la &#8220;confecci\u00f3n de una nueva Ley general de la Vivienda&#8221;, que clarificar\u00e1 numerosos decretos y reglamentos que complican la donaci\u00f3n o transmisi\u00f3n de los derechos sobre las casas en la isla. En la actualidad existen en vigor cinco decretos-leyes, dos decretos y 180 disposiciones de menor rango que regulan la realizaci\u00f3n de estos tr\u00e1mites, que hasta ahora prohib\u00edan la compra-venta de casas entre los particulares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\" dir=\"ltr\">Sin embargo, la nueva ley tiene algunas limitaciones ya que se mantiene&#8221; el principio de que &#8220;una persona no puede ser propietaria de m\u00e1s de una vivienda&#8221; mientras que el cubano titular de una casa que emigra &#8220;definitivamente&#8221; s\u00f3lo puede ceder la casa de su propiedad a &#8220;los c\u00f3nyuges, exc\u00f3nyuges y familiares hasta cuarto grado de consanguinidad siempre que hayan convivido permanentemente con el propietario durante cinco a\u00f1os&#8221;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\" dir=\"ltr\">En cuanto a los autom\u00f3viles, se permitir\u00e1 su donaci\u00f3n y compraventa entre cubanos y extranjeros residentes permanentes en la isla, y se podr\u00e1 adquirir m\u00e1s de un veh\u00edculo sin importar su a\u00f1o de fabricaci\u00f3n. Hasta ahora las leyes establec\u00edan que s\u00f3lo se pod\u00edan traspasar aquellos veh\u00edculos cuya fabricaci\u00f3n fuera anterior a 1959. Adicionalmente se eliminar\u00e1 la restricci\u00f3n de que para adquirir un autom\u00f3vil el comprador tenga que donar al Estado o &#8220;dar de baja&#8221; su veh\u00edculo anterior, en caso de que lo tuviera. (MS)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\" dir=\"ltr\">Fuente: Diario Granma<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno de Ra\u00fal Castro ha implementado una nueva ley que eliminar\u00e1 numerosas prohibiciones existentes y simplificar\u00e1 los tr\u00e1mites para el traspaso de propiedades en Cuba, lo que significa que antes fin de a\u00f1o, los cubanos podr\u00e1n vender y comprar casas u autom\u00f3viles, inform\u00f3 el diario Granma. En una reciente reuni\u00f3n del Consejo de Ministros se anunci\u00f3 que se trabaja en estos momentos en la &#8220;confecci\u00f3n de una nueva Ley general de la Vivienda&#8221;, que clarificar\u00e1 numerosos decretos y reglamentos que complican la donaci\u00f3n o transmisi\u00f3n de los derechos sobre las casas en la isla. En la actualidad existen en vigor cinco decretos-leyes, dos decretos y 180 disposiciones de menor rango que regulan la realizaci\u00f3n de estos tr\u00e1mites, que hasta ahora prohib\u00edan la compra-venta de casas entre los particulares. Sin embargo, la nueva ley tiene algunas limitaciones ya que se mantiene&#8221; el principio de que &#8220;una persona no puede ser propietaria de m\u00e1s de una vivienda&#8221; mientras que el cubano titular de una casa que emigra &#8220;definitivamente&#8221; s\u00f3lo puede ceder la casa de su propiedad a &#8220;los c\u00f3nyuges, exc\u00f3nyuges y familiares hasta cuarto grado de consanguinidad siempre que hayan convivido permanentemente con el propietario durante cinco a\u00f1os&#8221;. En cuanto a los autom\u00f3viles, se permitir\u00e1 su donaci\u00f3n y compraventa entre cubanos y extranjeros residentes permanentes en la isla, y se podr\u00e1 adquirir m\u00e1s de un veh\u00edculo sin importar su a\u00f1o de fabricaci\u00f3n. Hasta ahora las leyes establec\u00edan que s\u00f3lo se pod\u00edan traspasar aquellos veh\u00edculos cuya fabricaci\u00f3n fuera anterior a 1959. Adicionalmente se eliminar\u00e1 la restricci\u00f3n de que para adquirir un autom\u00f3vil el comprador tenga que donar al Estado o &#8220;dar de baja&#8221; su veh\u00edculo anterior, en caso de que lo tuviera. 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