{"id":243609,"date":"2017-05-25T00:00:00","date_gmt":"2017-05-25T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/drones-vitaminas-televisiones-de-32-pulgadas-se-puede-ingresar-al-pais-por-aeropuertos-sin-impuestos\/"},"modified":"2017-05-25T00:00:00","modified_gmt":"2017-05-25T00:00:00","slug":"drones-vitaminas-televisiones-de-32-pulgadas-se-puede-ingresar-al-pais-por-aeropuertos-sin-impuestos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/drones-vitaminas-televisiones-de-32-pulgadas-se-puede-ingresar-al-pais-por-aeropuertos-sin-impuestos\/","title":{"rendered":"Drones, vitaminas, televisiones de 32 pulgadas se puede ingresar al pa\u00eds por aeropuertos sin impuestos"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_186227\" style=\"width: 622px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-186227\" loading=\"lazy\" class=\"wp-image-186227 size-full\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2017\/05\/DRONOS_IMPUESTOS_SENAE_ECUADORTIMES_ECUADORNEWS.jpeg\" alt=\"\" width=\"612\" height=\"340\" \/><p id=\"caption-attachment-186227\" class=\"wp-caption-text\">Imagen: El Comercio.com<\/p><\/div>\n<p><strong>EcuadorNews:<\/strong><\/p>\n<p>Nuevos art\u00edculos son considerados desde el 9 de mayo del 2017 como efectos personales. Esto consta en la <strong>Resoluci\u00f3n sobre Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Pasajeros y Tripulantes<\/strong> que ingresan o salen de los Aeropuertos Internacionales del Ecuador.<\/p>\n<p>El anuncio lo hizo la Aduana este 24 de mayo del 2017. Son efectos personales aquellos bienes que lleve consigo el pasajero o grupo familiar en raz\u00f3n de su viaje, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales y que sean de f\u00e1cil transportaci\u00f3n\u009d, indic\u00f3 la <strong>Senae<\/strong> en un comunicado El ciudadano puede ingresar con estos productos al pa\u00eds sin pagar impuestos, siempre y cuando no excedan los l\u00edmites establecidos por la Aduana.<\/p>\n<p>La entidad se vio en la necesidad de incorporar en la lista de efectos personales productos que se ajustan a los avances tecnol\u00f3gicos de la \u00e9poca y que son altamente requeridos por los viajeros.<\/p>\n<p>Entre los productos se encuentran: \u008b<\/p>\n<p>&#8211; Un televisor de hasta 32\u009d, nuevo o usado. &#8211; Un dron de hasta USD 500, nuevo o usado.<\/p>\n<p>&#8211; Implementos para adultos mayores o personas con discapacidad, para pasajeros o sus familiares de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, en cantidades exclusivas de uso personal.<\/p>\n<p>&#8211; Vitaminas &#8211; 4kg de suplementos alimenticios.<\/p>\n<p>&#8211; Tres art\u00edculos deportivos distintos y\/o sus accesorios. &#8211; Dos accesorios musicales que no est\u00e9n con su instrumento musical principal.<\/p>\n<p>&#8211; Dos accesorios de consolas para videojuegos.<\/p>\n<p>&#8211; Una impresora de escritorio de hasta USD 300, nueva o usada.<\/p>\n<p>&#8211; Reproductor digital multimedia y\/o reproductor de imagen\/video o sonido port\u00e1tiles, de uso dom\u00e9stico, uno nuevo y uno usado.<\/p>\n<p>La Aduana tambi\u00e9n dispuso que solo los pasajeros que lleven bienes tributables, es decir, quellos que exceden de la cantidad, valor o medida de la lista de efectos personales o aquellos que no se encuentran en dicho listado, est\u00e9n obligados a llenar el <strong>Formulario de Registro Aduanero (FRA)<\/strong>, documento que entregan las aerol\u00edneas a los pasajeros antes de su arribo a Ecuador.<\/p>\n<p>Los bienes considerados como efectos personales anteriormente permanecen en la lista. Entre ellos se encuentran:<\/p>\n<p>&#8211; Prendas de vestir;<\/p>\n<p>&#8211; Art\u00edculos de tocador;<\/p>\n<p>&#8211; Elementos de aseo personal;<\/p>\n<p>&#8211; Joyas, bisuter\u00eda, adornos personales y adornos para el hogar;<\/p>\n<p>&#8211; Libros, revistas, material fotogr\u00e1fico y documentos impresos o manuscritos;<\/p>\n<p>&#8211; Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vac\u00edo;<\/p>\n<p>&#8211; Alimentos y art\u00edculos para ni\u00f1os;<\/p>\n<p>&#8211; Los instrumentos, equipos y herramientas port\u00e1tiles, propios de la profesi\u00f3n u oficio del pasajero, sean estos nuevos o usados e indistintamente del motivo del viaje, siempre que se justifique fehacientemente dicha actividad laboral mediante el carn\u00e9 profesional, contrato de trabajo en el pa\u00eds u otro documento p\u00fablico o privado, siempre que hayan sido emitidos previo a que el pasajero se someta al control aduanero;<\/p>\n<p>&#8211; M\u00e1ximo una herramienta port\u00e1til de uso dom\u00e9stico, en el caso de que no sea propia de la profesi\u00f3n u oficio del pasajero; entre otros.(I)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fuente:<a href=\"http:\/\/www.elcomercio.com\/actualidad\/drones-televisiones-senae-viajeros-ecuador.html\"> http:\/\/www.elcomercio.com\/actualidad\/drones-televisiones-senae-viajeros-ecuador.html<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EcuadorNews: Nuevos art\u00edculos son considerados desde el 9 de mayo del 2017 como efectos personales. Esto consta en la Resoluci\u00f3n sobre Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Pasajeros y Tripulantes que ingresan o salen de los Aeropuertos Internacionales del Ecuador. El anuncio lo hizo la Aduana este 24 de mayo del 2017. Son efectos personales aquellos bienes que lleve consigo el pasajero o grupo familiar en raz\u00f3n de su viaje, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales y que sean de f\u00e1cil transportaci\u00f3n\u009d, indic\u00f3 la Senae en un comunicado El ciudadano puede ingresar con estos productos al pa\u00eds sin pagar impuestos, siempre y cuando no excedan los l\u00edmites establecidos por la Aduana. La entidad se vio en la necesidad de incorporar en la lista de efectos personales productos que se ajustan a los avances tecnol\u00f3gicos de la \u00e9poca y que son altamente requeridos por los viajeros. Entre los productos se encuentran: \u008b &#8211; Un televisor de hasta 32\u009d, nuevo o usado. &#8211; Un dron de hasta USD 500, nuevo o usado. &#8211; Implementos para adultos mayores o personas con discapacidad, para pasajeros o sus familiares de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, en cantidades exclusivas de uso personal. &#8211; Vitaminas &#8211; 4kg de suplementos alimenticios. &#8211; Tres art\u00edculos deportivos distintos y\/o sus accesorios. &#8211; Dos accesorios musicales que no est\u00e9n con su instrumento musical principal. &#8211; Dos accesorios de consolas para videojuegos. &#8211; Una impresora de escritorio de hasta USD 300, nueva o usada. &#8211; Reproductor digital multimedia y\/o reproductor de imagen\/video o sonido port\u00e1tiles, de uso dom\u00e9stico, uno nuevo y uno usado. La Aduana tambi\u00e9n dispuso que solo los pasajeros que lleven bienes tributables, es decir, quellos que exceden de la cantidad, valor o medida de la lista de efectos personales o aquellos que no se encuentran en dicho listado, est\u00e9n obligados a llenar el Formulario de Registro Aduanero (FRA), documento que entregan las aerol\u00edneas a los pasajeros antes de su arribo a Ecuador. Los bienes considerados como efectos personales anteriormente permanecen en la lista. Entre ellos se encuentran: &#8211; Prendas de vestir; &#8211; Art\u00edculos de tocador; &#8211; Elementos de aseo personal; &#8211; Joyas, bisuter\u00eda, adornos personales y adornos para el hogar; &#8211; Libros, revistas, material fotogr\u00e1fico y documentos impresos o manuscritos; &#8211; Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vac\u00edo; &#8211; Alimentos y art\u00edculos para ni\u00f1os; &#8211; Los instrumentos, equipos y herramientas port\u00e1tiles, propios de la profesi\u00f3n u oficio del pasajero, sean estos nuevos o usados e indistintamente del motivo del viaje, siempre que se justifique fehacientemente dicha actividad laboral mediante el carn\u00e9 profesional, contrato de trabajo en el pa\u00eds u otro documento p\u00fablico o privado, siempre que hayan sido emitidos previo a que el pasajero se someta al control aduanero; &#8211; M\u00e1ximo una herramienta port\u00e1til de uso dom\u00e9stico, en el caso de que no sea propia de la profesi\u00f3n u oficio del pasajero; entre otros.(I) &nbsp; Fuente: http:\/\/www.elcomercio.com\/actualidad\/drones-televisiones-senae-viajeros-ecuador.html<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":243610,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[54,43],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/243609"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=243609"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/243609\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/243610"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=243609"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=243609"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=243609"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}