{"id":244310,"date":"2017-07-03T00:00:00","date_gmt":"2017-07-03T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/un-pago-por-394-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre\/"},"modified":"2017-07-03T00:00:00","modified_gmt":"2017-07-03T00:00:00","slug":"un-pago-por-394-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/un-pago-por-394-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre\/","title":{"rendered":"Un pago por $ 39,4 millones enfrenta a CNEL y Seguros Sucre"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-187503 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2017\/07\/ECUADORTIMES_ECUADORNEWS_PAGO_394_MILLONES_CNEL_SEGUROS_SUCRE.jpg\" alt=\"\" width=\"762\" height=\"428\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La compa\u00f1\u00eda estatal Seguros Sucre<\/strong> est\u00e1 obligada a pagar, en un plazo perentorio, una millonaria indemnizaci\u00f3n a la <strong>Empresa P\u00fablica Corporaci\u00f3n Nacional de Electricidad (CNEL EP)<\/strong>, por los da\u00f1os que el terremoto del 16 de abril de 2016 caus\u00f3 a bienes e instalaciones de esa entidad, que est\u00e1n cubiertos por una p\u00f3liza multirriesgos.<\/p>\n<p>Una resoluci\u00f3n de la Intendencia Nacional de Seguros, emitida el pasado 19 de mayo -a la que EXPRESO tuvo acceso- dio a la aseguradora un plazo de 10 d\u00edas, contados a partir de la notificaci\u00f3n, para que reembolse valores reclamados por CNEL. Esta \u00faltima entidad ha cuantificado los da\u00f1os en $ 39\u0099439.199,31.<\/p>\n<p>En el documento de 14 p\u00e1ginas, Andr\u00e9s Mart\u00ednez, intendente nacional de Seguros, dio la raz\u00f3n a la entidad reclamante, al considerar que esta prob\u00f3 la ocurrencia del siniestro y que la cuant\u00eda de la indemnizaci\u00f3n tambi\u00e9n ha sido probada y no ha sido controvertida\u009d.<\/p>\n<p>No obstante, al final la resoluci\u00f3n no especifica con exactitud el valor a cancelar. CNEL inform\u00f3 a este Diario que con Seguros Sucre hay diferencias en la interpretaci\u00f3n de la p\u00f3liza de los bienes asegurados, espec\u00edficamente acerca de las l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica afectadas por el terremoto. Hecho que no se determina con claridad en la resoluci\u00f3n\u009d.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n de la Intendencia de Seguros es el colof\u00f3n de una pugna entre asegurador y asegurado que inici\u00f3 en mayo de 2016, luego de que CNEL empezara formalmente las gestiones de reclamaci\u00f3n ante Seguros Sucre. Seg\u00fan la entidad a cargo de las empresas el\u00e9ctricas, la aseguradora inicialmente hab\u00eda reconocido el pago, pero luego esto se trab\u00f3 por las diferencias de criterios en la interpretaci\u00f3n de la p\u00f3liza.<\/p>\n<p>La dilataci\u00f3n del tr\u00e1mite de liquidaci\u00f3n oblig\u00f3 a la empresa p\u00fablica a presentar el pasado 13 de marzo un reclamo indemnizatorio administrativo ante el \u00f3rgano competente de la Superintendencia de Compa\u00f1\u00edas, Valores y Seguros.<\/p>\n<p><strong>La reclamaci\u00f3n es por los da\u00f1os reportados en las unidades de negocio de Esmeraldas ($ 5\u0099165.305,48); Manab\u00ed ($ 27\u0099074.093,43) y Santo Domingo ($ 7\u0099199.800,39).<\/strong><\/p>\n<p>La infraestructura afectada est\u00e1 cubierta por una p\u00f3liza de seguro de incendio y l\u00edneas aliadas todo riesgo, contratada con Seguros Sucre por $ 4\u0099412.485,34 y con vigencia desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p>A abril de 2016, el valor total asegurado de los bienes e instalaciones de CNEL EP ascend\u00eda a $ 643\u0099727.745,43. Para el proceso de contrataci\u00f3n de las p\u00f3lizas, la infraestructura estaba valorada en $ 483\u0099535.580,35 (ver gr\u00e1fico).<\/p>\n<p>Seguros Sucre no respondi\u00f3 a un requerimiento de EXPRESO para conocer su versi\u00f3n sobre el caso.<\/p>\n<p>El abogado Xavier Vizueta, quien patrocina legalmente a CNEL EP en esta pugna, dice a este Diario que la aseguradora se ha negado a reconocer la reparaci\u00f3n econ\u00f3mica. Lo asombroso es que una vez que fue notificada sobre el reclamo indemnizatorio, pidi\u00f3 a la autoridad que lo rechace y que disponga el archivo del mismo\u009d.<\/p>\n<p>Explica que el alegato de Seguros Sucre es que el seguro contratado no cubre las l\u00edneas p\u00fablicas de transmisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica. Nosotros le aclaramos que CNEL tiene l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n que s\u00ed est\u00e1n cubiertas en la p\u00f3liza\u009d, precisa el abogado.<\/p>\n<p>Frente a la resoluci\u00f3n que obliga al pago de esa millonaria indemnizaci\u00f3n, a Seguros Sucre le quedaba como opci\u00f3n legal, a partir de los 10 d\u00edas de la notificaci\u00f3n, impugnarla ante la autoridad m\u00e1xima de la Superintendencia de Compa\u00f1\u00edas.<\/p>\n<p>La Ley General de Seguros menciona que la decisi\u00f3n que adopte el titular de ese organismo de control causar\u00e1 estado, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas.<\/p>\n<p><b>Para Saber<\/b><\/p>\n<p><b><\/b><b>Da\u00f1os<\/b><\/p>\n<p><b><\/b>El terremoto afect\u00f3 a 635 km de l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n y 7.149 km de redes de medio y alto voltaje, 22 subestaciones y 854 transformadores de distribuci\u00f3n, as\u00ed como edificios, report\u00f3 CNEL en su \u00faltimo informe de rendici\u00f3n de cuentas.<\/p>\n<p><b>Obligaci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p><b><\/b>Las aseguradoras deben pagar el seguro contratado o la parte de la p\u00e9rdida debidamente comprobada, en los 30 d\u00edas siguientes de presentado el reclamo del asegurado.<\/p>\n<p><b>Objeci\u00f3n<\/b><\/p>\n<p><b><\/b>Las compa\u00f1\u00edas de seguros podr\u00e1n objetar, dentro de ese plazo de 30 d\u00edas, el pago total o parcial del siniestro. (I)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fuente: <\/strong><a href=\"http:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/un-pago-por-39-4-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre-EX1514547\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\" data-saferedirecturl=\"https:\/\/www.google.com\/url?hl=es&amp;q=http:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/un-pago-por-39-4-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre-EX1514547&amp;source=gmail&amp;ust=1499173835570000&amp;usg=AFQjCNFFH9GJMBuppKn5qKQGvOfRgvMmXw\">http:\/\/www.expreso.ec\/<wbr \/>actualidad\/un-pago-por-39-4-<wbr \/>millones-enfrenta-a-cnel-y-<wbr \/>seguros-sucre-EX1514547<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; La compa\u00f1\u00eda estatal Seguros Sucre est\u00e1 obligada a pagar, en un plazo perentorio, una millonaria indemnizaci\u00f3n a la Empresa P\u00fablica Corporaci\u00f3n Nacional de Electricidad (CNEL EP), por los da\u00f1os que el terremoto del 16 de abril de 2016 caus\u00f3 a bienes e instalaciones de esa entidad, que est\u00e1n cubiertos por una p\u00f3liza multirriesgos. Una resoluci\u00f3n de la Intendencia Nacional de Seguros, emitida el pasado 19 de mayo -a la que EXPRESO tuvo acceso- dio a la aseguradora un plazo de 10 d\u00edas, contados a partir de la notificaci\u00f3n, para que reembolse valores reclamados por CNEL. Esta \u00faltima entidad ha cuantificado los da\u00f1os en $ 39\u0099439.199,31. En el documento de 14 p\u00e1ginas, Andr\u00e9s Mart\u00ednez, intendente nacional de Seguros, dio la raz\u00f3n a la entidad reclamante, al considerar que esta prob\u00f3 la ocurrencia del siniestro y que la cuant\u00eda de la indemnizaci\u00f3n tambi\u00e9n ha sido probada y no ha sido controvertida\u009d. No obstante, al final la resoluci\u00f3n no especifica con exactitud el valor a cancelar. CNEL inform\u00f3 a este Diario que con Seguros Sucre hay diferencias en la interpretaci\u00f3n de la p\u00f3liza de los bienes asegurados, espec\u00edficamente acerca de las l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica afectadas por el terremoto. Hecho que no se determina con claridad en la resoluci\u00f3n\u009d. La decisi\u00f3n de la Intendencia de Seguros es el colof\u00f3n de una pugna entre asegurador y asegurado que inici\u00f3 en mayo de 2016, luego de que CNEL empezara formalmente las gestiones de reclamaci\u00f3n ante Seguros Sucre. Seg\u00fan la entidad a cargo de las empresas el\u00e9ctricas, la aseguradora inicialmente hab\u00eda reconocido el pago, pero luego esto se trab\u00f3 por las diferencias de criterios en la interpretaci\u00f3n de la p\u00f3liza. La dilataci\u00f3n del tr\u00e1mite de liquidaci\u00f3n oblig\u00f3 a la empresa p\u00fablica a presentar el pasado 13 de marzo un reclamo indemnizatorio administrativo ante el \u00f3rgano competente de la Superintendencia de Compa\u00f1\u00edas, Valores y Seguros. La reclamaci\u00f3n es por los da\u00f1os reportados en las unidades de negocio de Esmeraldas ($ 5\u0099165.305,48); Manab\u00ed ($ 27\u0099074.093,43) y Santo Domingo ($ 7\u0099199.800,39). La infraestructura afectada est\u00e1 cubierta por una p\u00f3liza de seguro de incendio y l\u00edneas aliadas todo riesgo, contratada con Seguros Sucre por $ 4\u0099412.485,34 y con vigencia desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017. A abril de 2016, el valor total asegurado de los bienes e instalaciones de CNEL EP ascend\u00eda a $ 643\u0099727.745,43. Para el proceso de contrataci\u00f3n de las p\u00f3lizas, la infraestructura estaba valorada en $ 483\u0099535.580,35 (ver gr\u00e1fico). Seguros Sucre no respondi\u00f3 a un requerimiento de EXPRESO para conocer su versi\u00f3n sobre el caso. El abogado Xavier Vizueta, quien patrocina legalmente a CNEL EP en esta pugna, dice a este Diario que la aseguradora se ha negado a reconocer la reparaci\u00f3n econ\u00f3mica. Lo asombroso es que una vez que fue notificada sobre el reclamo indemnizatorio, pidi\u00f3 a la autoridad que lo rechace y que disponga el archivo del mismo\u009d. Explica que el alegato de Seguros Sucre es que el seguro contratado no cubre las l\u00edneas p\u00fablicas de transmisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica. Nosotros le aclaramos que CNEL tiene l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n que s\u00ed est\u00e1n cubiertas en la p\u00f3liza\u009d, precisa el abogado. Frente a la resoluci\u00f3n que obliga al pago de esa millonaria indemnizaci\u00f3n, a Seguros Sucre le quedaba como opci\u00f3n legal, a partir de los 10 d\u00edas de la notificaci\u00f3n, impugnarla ante la autoridad m\u00e1xima de la Superintendencia de Compa\u00f1\u00edas. La Ley General de Seguros menciona que la decisi\u00f3n que adopte el titular de ese organismo de control causar\u00e1 estado, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas. Para Saber Da\u00f1os El terremoto afect\u00f3 a 635 km de l\u00edneas de subtransmisi\u00f3n y 7.149 km de redes de medio y alto voltaje, 22 subestaciones y 854 transformadores de distribuci\u00f3n, as\u00ed como edificios, report\u00f3 CNEL en su \u00faltimo informe de rendici\u00f3n de cuentas. Obligaci\u00f3n Las aseguradoras deben pagar el seguro contratado o la parte de la p\u00e9rdida debidamente comprobada, en los 30 d\u00edas siguientes de presentado el reclamo del asegurado. Objeci\u00f3n Las compa\u00f1\u00edas de seguros podr\u00e1n objetar, dentro de ese plazo de 30 d\u00edas, el pago total o parcial del siniestro. (I) &nbsp; Fuente: http:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/un-pago-por-39-4-millones-enfrenta-a-cnel-y-seguros-sucre-EX1514547<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":244311,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[54,32,43,35],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/244310"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=244310"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/244310\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/244311"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=244310"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=244310"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=244310"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}