{"id":245602,"date":"2017-09-13T00:00:00","date_gmt":"2017-09-13T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/diego-garcia-carrion-el-perjuicio-al-estado-no-es-solo-el-valor-de-las-coimas\/"},"modified":"2017-09-13T00:00:00","modified_gmt":"2017-09-13T00:00:00","slug":"diego-garcia-carrion-el-perjuicio-al-estado-no-es-solo-el-valor-de-las-coimas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/diego-garcia-carrion-el-perjuicio-al-estado-no-es-solo-el-valor-de-las-coimas\/","title":{"rendered":"Diego Garc\u00eda Carri\u00f3n: El perjuicio al Estado no es solo el valor de las coimas"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-189688 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/ECUADORTIMES_ECUADORNEWS_DIEGO_GARCIA_CARRION_PERJUICIO_ESTADO_NO_ES_SOLO_LAS_COIMAS.jpg\" alt=\"\" width=\"762\" height=\"428\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0<i><b>\u00bfQu\u00e9 pruebas ha pedido practicar la Procuradur\u00eda para valorar el perjuicio del Estado?<\/b><\/i><\/p>\n<p>&#8211; En el caso de Alecksey Mosquera, de la investigaci\u00f3n e instrucci\u00f3n fiscal se derivan elementos probatorios suficientes para determinar el perjuicio, por lo que no ha sido necesario solicitar prueba documental, testimonial o pericial adicional. Respecto a la causa de asociaci\u00f3n il\u00edcita, Procuradur\u00eda solicit\u00f3 una pericia en contrataci\u00f3n p\u00fablica para determinar el monto total de los contratos, tanto principales como complementarios, celebrados por Odebrecht y las instituciones que se investigan, y una pericia financiero-contable, para establecer el valor de los pagos en efectivo y de las transferencias a favor de los procesados. Adicionalmente, en la investigaci\u00f3n original iniciada en diciembre de 2016, la Procuradur\u00eda tambi\u00e9n est\u00e1 solicitando la realizaci\u00f3n de pericias que permitan probar el da\u00f1o. Esta causa todav\u00eda no se encuentra en instrucci\u00f3n fiscal. En este caso no contamos con informes de la Contralor\u00eda General del Estado.<\/p>\n<p>&#8211;<i><b>\u00a0\u00bfCu\u00e1l es el monto aproximado del perjuicio para el Estado?<\/b><\/i><\/p>\n<p>&#8211; La Procuradur\u00eda ha cuantificado el perjuicio en un mill\u00f3n de d\u00f3lares en la causa contra Mosquera; es la cantidad que habr\u00eda recibido en transferencias de<b>Odebrecht<\/b>. Los montos, en los dem\u00e1s casos, tendr\u00e1n que ser cuantificados al presentar futuras acusaciones particulares. Es necesario aclarar que el monto de los perjuicios no tiene relaci\u00f3n \u00fanicamente con el valor de las coimas. Se toman en consideraci\u00f3n otros aspectos, como la utilidad obtenida de los contratos que podr\u00edan originarse en actos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>&#8211;<i><b>\u00a0\u00bfLa Procuradur\u00eda sigui\u00f3 los di\u00e1logos entre Odebrecht y Fiscal\u00eda para acceder a la cooperaci\u00f3n eficaz? \u00bfA qu\u00e9 compromisos indemnizatorios se lleg\u00f3?<\/b><\/i><\/p>\n<p>&#8211; El acuerdo de cooperaci\u00f3n eficaz es una competencia del Fiscal. La PGE desconoce los t\u00e9rminos en los que se firm\u00f3 el acuerdo, pero est\u00e1 claro estos no generan indemnidades y est\u00e1n limitados a la rebaja de la pena, no de la reparaci\u00f3n integral. No hubo ning\u00fan compromiso indemnizatorio porque no es parte de una cooperaci\u00f3n eficaz en materia penal.<\/p>\n<p>&#8211;\u00a0<i><b>\u00bfEst\u00e1 en sus planes repetir contra servidores p\u00fablicos que han facilitado o causado actuaciones lesivas para el Estado?<\/b><\/i><\/p>\n<p>&#8211; El derecho de repetici\u00f3n permite que el Estado pueda recuperar de sus servidores p\u00fablicos cualquier da\u00f1o que haya debido reparar a un tercero como consecuencia de las acciones u omisiones de estos en el desempe\u00f1o de sus cargos. En este caso no estamos frente a una reparaci\u00f3n que deba repetirse. Por tanto, se buscar\u00e1 que los procesados contra quienes se dicte sentencia tambi\u00e9n sean condenados a la reparaci\u00f3n integral de da\u00f1os.<\/p>\n<p>&#8211;<i><b>\u00a0Usted dijo que cuando se vincule a Odebrecht, pedir\u00eda sanci\u00f3n. Ya hay funcionarios vinculados&#8230;<\/b><\/i><\/p>\n<p>&#8211; Hay que distinguir la persona jur\u00eddica\u00a0<b>Odebrecht\u00a0<\/b>de sus funcionarios, personas naturales. En la causa por asociaci\u00f3n il\u00edcita, hay funcionarios vinculados, pero no la empresa. Cuando Odebrecht lo est\u00e9 en cualquiera de los procesos, lo que es muy posible que suceda m\u00e1s adelante, se buscar\u00e1 que esta sea condenada a la reparaci\u00f3n integral al Estado. (I)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fuente: <\/strong><a href=\"http:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/entrevista-diegogarcia-procurador-general-estado-DM1691225\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">http:\/\/www.expreso.ec\/actualidad\/entrevista-diegogarcia-procurador-general-estado-DM1691225<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &#8211;\u00a0\u00bfQu\u00e9 pruebas ha pedido practicar la Procuradur\u00eda para valorar el perjuicio del Estado? &#8211; En el caso de Alecksey Mosquera, de la investigaci\u00f3n e instrucci\u00f3n fiscal se derivan elementos probatorios suficientes para determinar el perjuicio, por lo que no ha sido necesario solicitar prueba documental, testimonial o pericial adicional. Respecto a la causa de asociaci\u00f3n il\u00edcita, Procuradur\u00eda solicit\u00f3 una pericia en contrataci\u00f3n p\u00fablica para determinar el monto total de los contratos, tanto principales como complementarios, celebrados por Odebrecht y las instituciones que se investigan, y una pericia financiero-contable, para establecer el valor de los pagos en efectivo y de las transferencias a favor de los procesados. Adicionalmente, en la investigaci\u00f3n original iniciada en diciembre de 2016, la Procuradur\u00eda tambi\u00e9n est\u00e1 solicitando la realizaci\u00f3n de pericias que permitan probar el da\u00f1o. Esta causa todav\u00eda no se encuentra en instrucci\u00f3n fiscal. En este caso no contamos con informes de la Contralor\u00eda General del Estado. &#8211;\u00a0\u00bfCu\u00e1l es el monto aproximado del perjuicio para el Estado? &#8211; La Procuradur\u00eda ha cuantificado el perjuicio en un mill\u00f3n de d\u00f3lares en la causa contra Mosquera; es la cantidad que habr\u00eda recibido en transferencias deOdebrecht. Los montos, en los dem\u00e1s casos, tendr\u00e1n que ser cuantificados al presentar futuras acusaciones particulares. Es necesario aclarar que el monto de los perjuicios no tiene relaci\u00f3n \u00fanicamente con el valor de las coimas. Se toman en consideraci\u00f3n otros aspectos, como la utilidad obtenida de los contratos que podr\u00edan originarse en actos de corrupci\u00f3n. &#8211;\u00a0\u00bfLa Procuradur\u00eda sigui\u00f3 los di\u00e1logos entre Odebrecht y Fiscal\u00eda para acceder a la cooperaci\u00f3n eficaz? \u00bfA qu\u00e9 compromisos indemnizatorios se lleg\u00f3? &#8211; El acuerdo de cooperaci\u00f3n eficaz es una competencia del Fiscal. La PGE desconoce los t\u00e9rminos en los que se firm\u00f3 el acuerdo, pero est\u00e1 claro estos no generan indemnidades y est\u00e1n limitados a la rebaja de la pena, no de la reparaci\u00f3n integral. 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