{"id":247369,"date":"2018-01-18T00:00:00","date_gmt":"2018-01-18T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/empresas-que-realicen-pronosticos-electorales-o-encuestas-de-boca-de-urna-deberan-presentar-acuerdo-de-responsabilidad\/"},"modified":"2018-01-18T00:00:00","modified_gmt":"2018-01-18T00:00:00","slug":"empresas-que-realicen-pronosticos-electorales-o-encuestas-de-boca-de-urna-deberan-presentar-acuerdo-de-responsabilidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/empresas-que-realicen-pronosticos-electorales-o-encuestas-de-boca-de-urna-deberan-presentar-acuerdo-de-responsabilidad\/","title":{"rendered":"Empresas que realicen pron\u00f3sticos electorales o encuestas de boca de urna deber\u00e1n presentar acuerdo de responsabilidad"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-192834 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2018\/01\/EMPRESAS_QUE_REALICEN_PRONOSTICOS_ELECTORALES_O_ENCUESTAS_BOCA_DE_URNA_DEBERAN_PRESENTAR_ACUERDO_RESPONSABILIDAD_ECUADORTIMES_ECUADORNEWS.jpg\" alt=\"\" width=\"650\" height=\"340\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El Consejo Nacional Electoral (CNE)<\/strong> aprob\u00f3 las reformas al reglamento sobre personas naturales o jur\u00eddicas que realicen encuestas de voto a boca de urna y pron\u00f3sticos electorales. Seg\u00fan el consejero Pa\u00fal Salazar, los cambios buscan generar seguridades de la muestra que se tome, certeza en los datos y reducci\u00f3n en margen de error.<\/p>\n<p>Seg\u00fan las reformas aprobadas, las personas naturales o jur\u00eddicas que deseen realizar pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, deber\u00e1n presentar en la Secretar\u00eda General del CNE o en las secretar\u00edas de las Delegaciones Provinciales Electorales, un formulario de inscripci\u00f3n y un acuerdo de responsabilidad debidamente firmado por el representante legal de \u00e9stas; mismos que estar\u00e1n disponibles en la p\u00e1gina web institucional <strong>(<a href=\"http:\/\/cne.gob.ec\/es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">www.cne.gob.ec<\/a>)<\/strong>.<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n Nacional de Estad\u00edstica revisar\u00e1 los documentos presentados y verificar\u00e1 el cumplimento de los requisitos establecidos para el registro de su inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, para realizar pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, las personas naturales o jur\u00eddicas deber\u00e1n especificar el tipo y tama\u00f1o de la muestra nacional y \/ o territorial (estratificada y ponderada). En el caso de encuestas de voto a boca de urna, se deber\u00e1 especificar los recintos donde se toma la muestra.<\/p>\n<p>Las personas naturales y jur\u00eddicas, para cumplir este prop\u00f3sito, tambi\u00e9n deber\u00e1n presentar en un medio magn\u00e9tico, los nombres, c\u00e9dula de identidad y firma de los encuestadores, de los t\u00e9cnicos encargados de realizar la muestra, as\u00ed como del representante legal de la empresa encuestadora (en el caso de personas jur\u00eddicas). Adem\u00e1s, el Pleno del organismo electoral aprob\u00f3 que el margen de error estad\u00edstico de los resultados de los pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, no deber\u00e1 sobrepasar el 3%.<\/p>\n<p>Los medios de comunicaci\u00f3n que decidan difundir los resultados de los pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, deber\u00e1n especificar que esta es informaci\u00f3n no oficial.<\/p>\n<p>Debido a la informaci\u00f3n que se genera a trav\u00e9s las actividades de pron\u00f3sticos o encuestas a boca de urna, el CNE puede tomar cualquier tipo de acci\u00f3n legal ante jurisdicci\u00f3n electoral u ordinaria y se reserva el derecho a iniciar cualquier tipo de acci\u00f3n.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el consejero del CNE, Pa\u00fal Salazar, las modificaciones buscan garantizar: seguridades a la muestra, integralidad territorial, certeza en los datos y reducci\u00f3n en margen de error.<\/p>\n<p>Estos documentos regir\u00e1n para las votaciones para la consulta popular y el referendo constitucional del 4 de febrero. (I)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fuente: <\/strong><a href=\"http:\/\/ecuadorinmediato.com\/index.php?module=Noticias&amp;func=news_user_view&amp;id=2818831312&amp;umt=empresas_que_realicen_pronosticos_electorales_o_encuestas_boca_urna_deberan_presentar_acuerdo_responsabilidad\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">http:\/\/ecuadorinmediato.com\/index.php?module=Noticias&amp;func=news_user_view&amp;id=2818831312&amp;umt=empresas_que_realicen_pronosticos_electorales_o_encuestas_boca_urna_deberan_presentar_acuerdo_responsabilidad<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprob\u00f3 las reformas al reglamento sobre personas naturales o jur\u00eddicas que realicen encuestas de voto a boca de urna y pron\u00f3sticos electorales. Seg\u00fan el consejero Pa\u00fal Salazar, los cambios buscan generar seguridades de la muestra que se tome, certeza en los datos y reducci\u00f3n en margen de error. Seg\u00fan las reformas aprobadas, las personas naturales o jur\u00eddicas que deseen realizar pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, deber\u00e1n presentar en la Secretar\u00eda General del CNE o en las secretar\u00edas de las Delegaciones Provinciales Electorales, un formulario de inscripci\u00f3n y un acuerdo de responsabilidad debidamente firmado por el representante legal de \u00e9stas; mismos que estar\u00e1n disponibles en la p\u00e1gina web institucional (www.cne.gob.ec). La Direcci\u00f3n Nacional de Estad\u00edstica revisar\u00e1 los documentos presentados y verificar\u00e1 el cumplimento de los requisitos establecidos para el registro de su inscripci\u00f3n. Asimismo, para realizar pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, las personas naturales o jur\u00eddicas deber\u00e1n especificar el tipo y tama\u00f1o de la muestra nacional y \/ o territorial (estratificada y ponderada). En el caso de encuestas de voto a boca de urna, se deber\u00e1 especificar los recintos donde se toma la muestra. Las personas naturales y jur\u00eddicas, para cumplir este prop\u00f3sito, tambi\u00e9n deber\u00e1n presentar en un medio magn\u00e9tico, los nombres, c\u00e9dula de identidad y firma de los encuestadores, de los t\u00e9cnicos encargados de realizar la muestra, as\u00ed como del representante legal de la empresa encuestadora (en el caso de personas jur\u00eddicas). Adem\u00e1s, el Pleno del organismo electoral aprob\u00f3 que el margen de error estad\u00edstico de los resultados de los pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, no deber\u00e1 sobrepasar el 3%. Los medios de comunicaci\u00f3n que decidan difundir los resultados de los pron\u00f3sticos electorales y \/ o encuestas de voto a boca de urna, deber\u00e1n especificar que esta es informaci\u00f3n no oficial. Debido a la informaci\u00f3n que se genera a trav\u00e9s las actividades de pron\u00f3sticos o encuestas a boca de urna, el CNE puede tomar cualquier tipo de acci\u00f3n legal ante jurisdicci\u00f3n electoral u ordinaria y se reserva el derecho a iniciar cualquier tipo de acci\u00f3n. Seg\u00fan el consejero del CNE, Pa\u00fal Salazar, las modificaciones buscan garantizar: seguridades a la muestra, integralidad territorial, certeza en los datos y reducci\u00f3n en margen de error. Estos documentos regir\u00e1n para las votaciones para la consulta popular y el referendo constitucional del 4 de febrero. 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