{"id":248892,"date":"2018-04-27T00:00:00","date_gmt":"2018-04-27T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/lenin-moreno-extiende-feriado-hasta-el-1-de-mayo-en-ecuador\/"},"modified":"2018-04-27T00:00:00","modified_gmt":"2018-04-27T00:00:00","slug":"lenin-moreno-extiende-feriado-hasta-el-1-de-mayo-en-ecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/lenin-moreno-extiende-feriado-hasta-el-1-de-mayo-en-ecuador\/","title":{"rendered":"Len\u00edn Moreno extiende feriado hasta el 1 de mayo en Ecuador"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-195570 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2018\/04\/Leni\u00cc\u0081n-Moreno-extiende-feriado-hasta-el-1-de-mayo-en-Ecuador_ecuadortimes_ecuadornews_2.jpg\" alt=\"\" width=\"630\" height=\"399\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El presidente del Ecuador, Len\u00edn Moreno, decret\u00f3 puente vacacional por el D\u00eda Internacional de los Trabajadores. De esta manera, el 30 de abril y el 1 de mayo ser\u00e1n d\u00edas no laborables, tanto para el sector p\u00fablico como para el privado.<\/p>\n<p>Mediante\u00a0<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/sites\/default\/files\/archivos\/2018\/04\/d_379_nuevo_mandato_20180326143039_20180326143105.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Decreto 379 -firmado este 26 de abril en Guayaquil-<\/a>\u00a0el jefe del Estado dispuso que, &#8220;\u00fanicamente por este a\u00f1o, el d\u00eda 1 de mayo sea el feriado nacional de descanso obligatorio por la celebraci\u00f3n del D\u00eda Internacional del Trabajo&#8221;. La jornada suspendida el 30 de abril ser\u00e1 recuperada en el sector p\u00fablico en raz\u00f3n de una hora diaria adicional durante 8 d\u00edas, a partir del 2 de mayo. En tanto, mediante\u00a0<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/sites\/default\/files\/archivos\/2018\/04\/decreto_no._380_20180326172426_20180326172602.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Decreto 380 -en el que se puntualiz\u00f3 que la suspensi\u00f3n es obligatoria para ambos sectores\u00a0<\/a>laborales- se estableci\u00f3 que el sector privado podr\u00e1 recuperar la jornada suspendida el 30 de abril conforme lo estime pertinente, seg\u00fan la particularidad de las necesidades del empleador.<\/p>\n<p>Las actividades en los centros educativos tambi\u00e9n ser\u00e1n suspendidas el 30 de abril y 1 de mayo.<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2018\/03\/16\/nota\/6669244\/ministerio-educacion-prohibe-recuperar-clases-fines-semana-feriados\">\u00a0En este caso las clases no ser\u00e1n recuperables<\/a>. El Ministerio de Educaci\u00f3n indic\u00f3 que las instituciones educativas del Sistema Nacional de Educaci\u00f3n deber\u00e1n -de manera progresiva- ajustar los contenidos curriculares dentro de los horarios ya establecidos, con la finalidad de cumplir con toda la planificaci\u00f3n acad\u00e9mica de la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>En un principio solo<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2018\/04\/26\/nota\/6733038\/feriado-1-mayo-pasa-30-abril-2018\">\u00a0el lunes 30 de abril era d\u00eda no laboral<\/a>, tras el traslado del 1 de mayo de acuerdo a la Ley de Feriados que fue aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial del 20 de diciembre del 2016.<\/p>\n<p>El\u00a0<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2017\/10\/10\/nota\/6425236\/ecuador-estos-son-feriados-2018\">siguiente feriado ser\u00e1 el viernes 25 de mayo<\/a>, esto por el traslado del jueves 24 de mayo en conmemoraci\u00f3n de la Batalla del Pichincha.<\/p>\n<p>Durante los d\u00edas de descanso, las labores se suspenden en las instituciones p\u00fablicas y unidades educativas. Las empresas privadas que no puedan interrumpir sus labores deber\u00e1n acogerse a lo que indica la ley.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo de Trabajo indica: En aquellas industrias o labores del sector privado respecto de las cuales, por su naturaleza y condici\u00f3n manifiesta, no puedan interrumpirse las actividades durante los d\u00edas de descanso obligatorio, se deber\u00e1 designar otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores, o bien, pagar a sus trabajadores la remuneraci\u00f3n que corresponda, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario\u009d.<\/p>\n<p>De acuerdo a la ley, el recargo extraordinario por labores en d\u00edas feriados es del 100%. Es decir, si en un d\u00eda regular el empleado gana $ 15, en el d\u00eda feriado deber\u00e1 ganar $30. (I)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Fuente: <\/strong><a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2018\/04\/26\/nota\/6733173\/lenin-moreno-extiende-feriado-hasta-1-mayo-ecuador\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2018\/04\/26\/nota\/6733173\/lenin-moreno-extiende-feriado-hasta-1-mayo-ecuador<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; El presidente del Ecuador, Len\u00edn Moreno, decret\u00f3 puente vacacional por el D\u00eda Internacional de los Trabajadores. De esta manera, el 30 de abril y el 1 de mayo ser\u00e1n d\u00edas no laborables, tanto para el sector p\u00fablico como para el privado. Mediante\u00a0Decreto 379 -firmado este 26 de abril en Guayaquil-\u00a0el jefe del Estado dispuso que, &#8220;\u00fanicamente por este a\u00f1o, el d\u00eda 1 de mayo sea el feriado nacional de descanso obligatorio por la celebraci\u00f3n del D\u00eda Internacional del Trabajo&#8221;. La jornada suspendida el 30 de abril ser\u00e1 recuperada en el sector p\u00fablico en raz\u00f3n de una hora diaria adicional durante 8 d\u00edas, a partir del 2 de mayo. En tanto, mediante\u00a0Decreto 380 -en el que se puntualiz\u00f3 que la suspensi\u00f3n es obligatoria para ambos sectores\u00a0laborales- se estableci\u00f3 que el sector privado podr\u00e1 recuperar la jornada suspendida el 30 de abril conforme lo estime pertinente, seg\u00fan la particularidad de las necesidades del empleador. Las actividades en los centros educativos tambi\u00e9n ser\u00e1n suspendidas el 30 de abril y 1 de mayo.\u00a0En este caso las clases no ser\u00e1n recuperables. El Ministerio de Educaci\u00f3n indic\u00f3 que las instituciones educativas del Sistema Nacional de Educaci\u00f3n deber\u00e1n -de manera progresiva- ajustar los contenidos curriculares dentro de los horarios ya establecidos, con la finalidad de cumplir con toda la planificaci\u00f3n acad\u00e9mica de la instituci\u00f3n. En un principio solo\u00a0el lunes 30 de abril era d\u00eda no laboral, tras el traslado del 1 de mayo de acuerdo a la Ley de Feriados que fue aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial del 20 de diciembre del 2016. El\u00a0siguiente feriado ser\u00e1 el viernes 25 de mayo, esto por el traslado del jueves 24 de mayo en conmemoraci\u00f3n de la Batalla del Pichincha. Durante los d\u00edas de descanso, las labores se suspenden en las instituciones p\u00fablicas y unidades educativas. Las empresas privadas que no puedan interrumpir sus labores deber\u00e1n acogerse a lo que indica la ley. El C\u00f3digo de Trabajo indica: En aquellas industrias o labores del sector privado respecto de las cuales, por su naturaleza y condici\u00f3n manifiesta, no puedan interrumpirse las actividades durante los d\u00edas de descanso obligatorio, se deber\u00e1 designar otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores, o bien, pagar a sus trabajadores la remuneraci\u00f3n que corresponda, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario\u009d. De acuerdo a la ley, el recargo extraordinario por labores en d\u00edas feriados es del 100%. Es decir, si en un d\u00eda regular el empleado gana $ 15, en el d\u00eda feriado deber\u00e1 ganar $30. 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