{"id":252572,"date":"2019-01-09T00:00:00","date_gmt":"2019-01-09T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/diesel-para-transporte-terrestre-queda-a-1037-en-ecuador\/"},"modified":"2019-01-09T00:00:00","modified_gmt":"2019-01-09T00:00:00","slug":"diesel-para-transporte-terrestre-queda-a-1037-en-ecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/diesel-para-transporte-terrestre-queda-a-1037-en-ecuador\/","title":{"rendered":"Di\u00e9sel para transporte terrestre queda a $ 1,037 en Ecuador"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/Die\u00cc\u0081sel-para-transporte-terrestre-queda-a-1037-en-Ecuador_ecuadortimes_ecuadornews_3.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-201873\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Quito &#8211;<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno Nacional tuvo que emitir un nuevo decreto ejecutivo, el 632, para aclarar que el precio del di\u00e9sel para el sector automotor quedar\u00e1 en $ 1,037 el gal\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El decreto indica que el precio de venta al p\u00fablico en las estaciones de servicio a nivel nacional del di\u00e9sel 2 y di\u00e9sel premium destinado al sector automotor, espec\u00edficamente a veh\u00edculos de transporte terrestre p\u00fablico y comercial, y veh\u00edculos particulares, para&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2019\/01\/08\/nota\/7128494\/nuevo-decreto-lenin-moreno-ratifica-que-no-subira-diesel\">quienes no existir\u00e1 restricci\u00f3n de cupos, y para cuant\u00edas dom\u00e9sticas, es de $ 1,037\u009d<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>La emisi\u00f3n del decreto se concreta tras reuniones con varios sectores del transporte como el pesado, escolar, entre otros, que se opon\u00edan al alza del costo del di\u00e9sel, programada para el 15 de enero, de acuerdo con el Decreto 619, emitido en diciembre pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>El documento se conoci\u00f3 la ma\u00f1ana de este martes y horas despu\u00e9s, en Quevedo, Abel G\u00f3mez, l\u00edder de la Federaci\u00f3n Nacional de Cooperativas de Transporte P\u00fablico, anunci\u00f3 en una asamblea con todos los sectores de la transportaci\u00f3n a di\u00e9sel, que el valor de $ 1,037 se mantiene para ellos. Esto no tiene un tinte desestabilizador para el Gobierno, al contrario es un llamado de atenci\u00f3n a ciertas decisiones err\u00f3neas que se cometen en la parte financiera que afecta a los ecuatorianos\u009d.<\/p>\n\n\n\n<p>Jorge Calder\u00f3n, de Fedotaxis, ratific\u00f3 que desde el viernes iniciaron con la entrega de documentaci\u00f3n para que se les aplique la compensaci\u00f3n por categor\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Ese decreto, a m\u00e1s del tema del di\u00e9sel, regul\u00f3 los precios de las gasolinas extra y eco, que subieron a $ 1,85, y la s\u00faper cuyo precio qued\u00f3 liberalizado.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras la vigencia del nuevo Decreto 632, emitido el 7 de enero,&nbsp;<strong>el \u00fanico sector de transporte que tendr\u00e1 un di\u00e9sel acorde a la recuperaci\u00f3n de costos de Petroecuador (sin subsidio) es el de bandera internacional<\/strong>. Este s\u00ed tendr\u00e1 un precio m\u00e1s alto, pero no significa un cambio radical pues a este tipo de transporte ya se le cobraba un precio m\u00e1s real, ya que solo pueden abastecerse en 14 estaciones de servicio en la frontera, desde hace varios a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el cambio de posici\u00f3n del Gobierno sobre el precio del di\u00e9sel para el sector automotor,&nbsp;<strong>Luis Calero, experto en temas energ\u00e9ticos, dijo que es parte de la improvisaci\u00f3n con que se ha abordado el tema.<\/strong>&nbsp;Explic\u00f3 que antes de tomar una medida tan importante, se debi\u00f3 tener lista la negociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo decreto no altera otras decisiones sobre precios de los combustibles que se adoptaron en el 619.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese decreto, se hab\u00eda establecido que subir\u00eda el costo del di\u00e9sel para el sector pesquero atunero y camaronero desde el 15 de enero. En este sentido, la opci\u00f3n se mantiene. Sin embargo, actualmente existen mesas de di\u00e1logo a trav\u00e9s de las cuales se podr\u00eda fijar una compensaci\u00f3n o cupos para estos sectores.<\/p>\n\n\n\n<p>Ayer, el Ministerio de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables explic\u00f3 que justamente se estaban realizando reuniones entre autoridades y estos sectores sobre el tema. (I)<\/p>\n\n\n\n<h3>Costos para otros sectores<\/h3>\n\n\n\n<ul><li><strong>Industrial:<\/strong>\u00a0El precio del di\u00e9sel para el sector industrial est\u00e1 establecido en el Decreto Ejecutivo 338. Se retir\u00f3 el subsidio en octubre del 2015; y su metodolog\u00eda de c\u00e1lculo es en base a la recuperaci\u00f3n de costos de Petroecuador.<\/li><li><strong>Naviero:\u00a0<\/strong>El precio del di\u00e9sel para el sector naviero tambi\u00e9n se fija por el Decreto Ejecutivo 338. Se define con base en la recuperaci\u00f3n de costos.<\/li><li><strong>Diferencia:<\/strong>\u00a0La diferencia entre el di\u00e9sel 1, 2 y premium es la composici\u00f3n qu\u00edmica y las partes por mill\u00f3n de azufre. Cada combustible tiene diferentes costos. (I)<\/li><li><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuente: <\/strong><a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2019\/01\/09\/nota\/7129352\/diesel-transporte-terrestre-queda-1037\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2019\/01\/09\/nota\/7129352\/diesel-transporte-terrestre-queda-1037<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quito &#8211; El Gobierno Nacional tuvo que emitir un nuevo decreto ejecutivo, el 632, para aclarar que el precio del di\u00e9sel para el sector automotor quedar\u00e1 en $ 1,037 el gal\u00f3n. El decreto indica que el precio de venta al p\u00fablico en las estaciones de servicio a nivel nacional del di\u00e9sel 2 y di\u00e9sel premium destinado al sector automotor, espec\u00edficamente a veh\u00edculos de transporte terrestre p\u00fablico y comercial, y veh\u00edculos particulares, para&nbsp;quienes no existir\u00e1 restricci\u00f3n de cupos, y para cuant\u00edas dom\u00e9sticas, es de $ 1,037\u009d. La emisi\u00f3n del decreto se concreta tras reuniones con varios sectores del transporte como el pesado, escolar, entre otros, que se opon\u00edan al alza del costo del di\u00e9sel, programada para el 15 de enero, de acuerdo con el Decreto 619, emitido en diciembre pasado. El documento se conoci\u00f3 la ma\u00f1ana de este martes y horas despu\u00e9s, en Quevedo, Abel G\u00f3mez, l\u00edder de la Federaci\u00f3n Nacional de Cooperativas de Transporte P\u00fablico, anunci\u00f3 en una asamblea con todos los sectores de la transportaci\u00f3n a di\u00e9sel, que el valor de $ 1,037 se mantiene para ellos. Esto no tiene un tinte desestabilizador para el Gobierno, al contrario es un llamado de atenci\u00f3n a ciertas decisiones err\u00f3neas que se cometen en la parte financiera que afecta a los ecuatorianos\u009d. Jorge Calder\u00f3n, de Fedotaxis, ratific\u00f3 que desde el viernes iniciaron con la entrega de documentaci\u00f3n para que se les aplique la compensaci\u00f3n por categor\u00edas. Ese decreto, a m\u00e1s del tema del di\u00e9sel, regul\u00f3 los precios de las gasolinas extra y eco, que subieron a $ 1,85, y la s\u00faper cuyo precio qued\u00f3 liberalizado. Tras la vigencia del nuevo Decreto 632, emitido el 7 de enero,&nbsp;el \u00fanico sector de transporte que tendr\u00e1 un di\u00e9sel acorde a la recuperaci\u00f3n de costos de Petroecuador (sin subsidio) es el de bandera internacional. Este s\u00ed tendr\u00e1 un precio m\u00e1s alto, pero no significa un cambio radical pues a este tipo de transporte ya se le cobraba un precio m\u00e1s real, ya que solo pueden abastecerse en 14 estaciones de servicio en la frontera, desde hace varios a\u00f1os. Sobre el cambio de posici\u00f3n del Gobierno sobre el precio del di\u00e9sel para el sector automotor,&nbsp;Luis Calero, experto en temas energ\u00e9ticos, dijo que es parte de la improvisaci\u00f3n con que se ha abordado el tema.&nbsp;Explic\u00f3 que antes de tomar una medida tan importante, se debi\u00f3 tener lista la negociaci\u00f3n. El nuevo decreto no altera otras decisiones sobre precios de los combustibles que se adoptaron en el 619. En ese decreto, se hab\u00eda establecido que subir\u00eda el costo del di\u00e9sel para el sector pesquero atunero y camaronero desde el 15 de enero. En este sentido, la opci\u00f3n se mantiene. Sin embargo, actualmente existen mesas de di\u00e1logo a trav\u00e9s de las cuales se podr\u00eda fijar una compensaci\u00f3n o cupos para estos sectores. Ayer, el Ministerio de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables explic\u00f3 que justamente se estaban realizando reuniones entre autoridades y estos sectores sobre el tema. (I) Costos para otros sectores Industrial:\u00a0El precio del di\u00e9sel para el sector industrial est\u00e1 establecido en el Decreto Ejecutivo 338. Se retir\u00f3 el subsidio en octubre del 2015; y su metodolog\u00eda de c\u00e1lculo es en base a la recuperaci\u00f3n de costos de Petroecuador. Naviero:\u00a0El precio del di\u00e9sel para el sector naviero tambi\u00e9n se fija por el Decreto Ejecutivo 338. Se define con base en la recuperaci\u00f3n de costos. Diferencia:\u00a0La diferencia entre el di\u00e9sel 1, 2 y premium es la composici\u00f3n qu\u00edmica y las partes por mill\u00f3n de azufre. Cada combustible tiene diferentes costos. 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