{"id":255494,"date":"2020-03-05T14:00:57","date_gmt":"2020-03-05T14:00:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/?p=255494"},"modified":"2020-03-05T14:00:57","modified_gmt":"2020-03-05T14:00:57","slug":"divulgacion-de-imagenes-y-videos-de-pacientes-en-hospitales-se-sanciona-con-prision-en-ecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/divulgacion-de-imagenes-y-videos-de-pacientes-en-hospitales-se-sanciona-con-prision-en-ecuador\/","title":{"rendered":"Divulgaci\u00f3n de im\u00e1genes y videos de pacientes en hospitales se sanciona con prisi\u00f3n en Ecuador"},"content":{"rendered":"<p>Su diagn\u00f3stico, el arribo al aeropuerto Jos\u00e9 Joaqu\u00edn de Olmedo, y hasta su traslado a otra casa de salud quedaron registrados en fotos y videos que se difundieron a trav\u00e9s de redes sociales y aplicaciones de mensajer\u00eda tras la confirmaci\u00f3n del primer caso del coronavirus en Ecuador el pasado s\u00e1bado. Se trataba de una paciente que hab\u00eda llegado de Espa\u00f1a el 14 de febrero y que tras la prueba respectiva dio positiva para COVID-19.<\/p>\n<div id=\"attachment_255495\" style=\"width: 1290px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-255495\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-255495\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/ecuadortimes-ecuador-news-posting-images-of-patients-prison-penalty.jpg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"851\" \/><p id=\"caption-attachment-255495\" class=\"wp-caption-text\">Divulgaci\u00f3n de im\u00e1genes y videos de pacientes en hospitales se sanciona con prisi\u00f3n en Ecuador<\/p><\/div>\n<p>Ante esto, la ministra de Salud, Catalina Andramu\u00f1o, dispuso una investigaci\u00f3n y asegur\u00f3 que sancionar\u00e1 a las personas que difundieron las im\u00e1genes.<\/p>\n<p>&#8220;Al descubrir el caso, habl\u00e9 con los familiares y fueron muy prestos a colaborar siempre y cuando no se difunda el nombre de su madre y peor fotograf\u00edas. Llamo a la ciudadan\u00eda, que por favor, no difundan ese tipo de mensajes, que, respetemos la vida de la paciente y de sus familiares&#8221;, dijo en una entrevista a EL UNIVERSO.<\/p>\n<p>Una cl\u00ednica privada, donde se atendi\u00f3 a la se\u00f1ora, present\u00f3 una denuncia penal contra una persona que, seg\u00fan los registros de las c\u00e1maras de seguridad, habr\u00eda grabado un video y viralizado las im\u00e1genes dentro de la Unidad de Cuidados Intensivos de la casa de salud. El incidente se dio cerca de la medianoche del 28 de febrero.<\/p>\n<p>De acuerdo al C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP), la revelaci\u00f3n del secreto (delito fijado en la denuncia) tiene una pena privativa de libertad de seis meses a un a\u00f1o y consiste en que la persona por su estado u oficio, empleo, profesi\u00f3n o arte, de un secreto cuya divulgaci\u00f3n pueda causar da\u00f1o a otra persona y lo revele.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s a esto, el profesional habr\u00eda violado el art\u00edculo 4 de la Ley de Derechos y Amparo al Paciente, que se\u00f1ala: &#8220;todo paciente tiene derecho a que la consulta, examen, diagn\u00f3stico, discusi\u00f3n, tratamiento y cualquier tipo de informaci\u00f3n relacionada con el procedimiento m\u00e9dico a aplic\u00e1rsele, tenga el car\u00e1cter de confidencial&#8221;.<\/p>\n<h2>Violaci\u00f3n a la intimidad<\/h2>\n<p>El abogado penal Kl\u00e9ber Siguencia se\u00f1ala que esta conducta profesional tambi\u00e9n puede estar enmarcada en una violaci\u00f3n a la intimidad (art\u00edculo 178). Este delito es sancionado con prisi\u00f3n de uno a tres a\u00f1os y contempla la sanci\u00f3n a quien, sin contar con el consentimiento o la autorizaci\u00f3n legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y v\u00eddeo, objetos postales, informaci\u00f3n contenida en soportes inform\u00e1ticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio. Aclara que por el \u00fanico delito que la persona podr\u00eda ser juzgada es por la que fue denunciado, pero la Fiscal\u00eda podr\u00eda reformular cargos.<\/p>\n<p>&#8220;No se encuentra ninguna persona autorizada a difundir im\u00e1genes dentro de un centro hospitalario, precisamente porque se encuentra en un \u00e1rea reservada y en un \u00e1rea donde se protege la intimidad de la persona y tambi\u00e9n en el \u00e1mbito de la revelaci\u00f3n de la historia cl\u00ednica, ya se expone esa parte \u00edntima de la persona&#8230; En esta profesiones como la medicina existen ciertos c\u00f3digos de \u00e9tica que coadyuvan al correcto ejercicio de la profesi\u00f3n&#8221;, precis\u00f3.<\/p>\n<p>El jurisconsulto tambi\u00e9n hizo llamado a evitar la difusi\u00f3n de im\u00e1genes de la familia ya que esto tambi\u00e9n se enmarca en la violaci\u00f3n a la intimidad y podr\u00eda derivar otros delitos como de odio y discriminaci\u00f3n. Adem\u00e1s que si la informaci\u00f3n respecto al rol se comparte as\u00ed sea en un grupo familiar ya se est\u00e1 incurriendo en el delito.<\/p>\n<p>&#8220;No es grabar por grabar sino con qu\u00e9 fin grabo. Si usted quiere colaborar con la justicia, grabe y entregue su dispositivo para que sea el fiscal quien maneje la informaci\u00f3n o para eso est\u00e1n las c\u00e1maras de seguridad. Yo no puedo filmar a personas que se est\u00e1n besando, personas que est\u00e1n realizando actos \u00edntimos por muy p\u00fablico que est\u00e9n, pero filmar y comenzar a difundir con un objetivo de morbo eso ya es incurrir en un delito&#8221;, se\u00f1al\u00f3.<\/p>\n<p>En el caso de delitos con menos de cinco a\u00f1os de reclusi\u00f3n se puede suspender a petici\u00f3n de parte en la misma audiencia de juicio. Entre las condiciones que se fijan est\u00e1n: Residir en un lugar o domicilio determinado, no salir del pa\u00eds sin previa autorizaci\u00f3n, reparar los da\u00f1os o pagar una determinada suma a la v\u00edctima a t\u00edtulo de reparaci\u00f3n integral o garantizar debidamente su pago, entre otras contempladas en el art\u00edculo 631 del C\u00f3digo Penal.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2020\/03\/04\/nota\/7766715\/violacion-intimidad-fotos-videos-senora-filtracion-coronavirus\">https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2020\/03\/04\/nota\/7766715\/violacion-intimidad-fotos-videos-senora-filtracion-coronavirus<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Su diagn\u00f3stico, el arribo al aeropuerto Jos\u00e9 Joaqu\u00edn de Olmedo, y hasta su traslado a otra casa de salud quedaron registrados en fotos y videos que se difundieron a trav\u00e9s de redes sociales y aplicaciones de mensajer\u00eda tras la confirmaci\u00f3n del primer caso del coronavirus en Ecuador el pasado s\u00e1bado. Se trataba de una paciente que hab\u00eda llegado de Espa\u00f1a el 14 de febrero y que tras la prueba respectiva dio positiva para COVID-19. Ante esto, la ministra de Salud, Catalina Andramu\u00f1o, dispuso una investigaci\u00f3n y asegur\u00f3 que sancionar\u00e1 a las personas que difundieron las im\u00e1genes. &#8220;Al descubrir el caso, habl\u00e9 con los familiares y fueron muy prestos a colaborar siempre y cuando no se difunda el nombre de su madre y peor fotograf\u00edas. Llamo a la ciudadan\u00eda, que por favor, no difundan ese tipo de mensajes, que, respetemos la vida de la paciente y de sus familiares&#8221;, dijo en una entrevista a EL UNIVERSO. Una cl\u00ednica privada, donde se atendi\u00f3 a la se\u00f1ora, present\u00f3 una denuncia penal contra una persona que, seg\u00fan los registros de las c\u00e1maras de seguridad, habr\u00eda grabado un video y viralizado las im\u00e1genes dentro de la Unidad de Cuidados Intensivos de la casa de salud. El incidente se dio cerca de la medianoche del 28 de febrero. De acuerdo al C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP), la revelaci\u00f3n del secreto (delito fijado en la denuncia) tiene una pena privativa de libertad de seis meses a un a\u00f1o y consiste en que la persona por su estado u oficio, empleo, profesi\u00f3n o arte, de un secreto cuya divulgaci\u00f3n pueda causar da\u00f1o a otra persona y lo revele. Adem\u00e1s a esto, el profesional habr\u00eda violado el art\u00edculo 4 de la Ley de Derechos y Amparo al Paciente, que se\u00f1ala: &#8220;todo paciente tiene derecho a que la consulta, examen, diagn\u00f3stico, discusi\u00f3n, tratamiento y cualquier tipo de informaci\u00f3n relacionada con el procedimiento m\u00e9dico a aplic\u00e1rsele, tenga el car\u00e1cter de confidencial&#8221;. Violaci\u00f3n a la intimidad El abogado penal Kl\u00e9ber Siguencia se\u00f1ala que esta conducta profesional tambi\u00e9n puede estar enmarcada en una violaci\u00f3n a la intimidad (art\u00edculo 178). Este delito es sancionado con prisi\u00f3n de uno a tres a\u00f1os y contempla la sanci\u00f3n a quien, sin contar con el consentimiento o la autorizaci\u00f3n legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y v\u00eddeo, objetos postales, informaci\u00f3n contenida en soportes inform\u00e1ticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio. Aclara que por el \u00fanico delito que la persona podr\u00eda ser juzgada es por la que fue denunciado, pero la Fiscal\u00eda podr\u00eda reformular cargos. &#8220;No se encuentra ninguna persona autorizada a difundir im\u00e1genes dentro de un centro hospitalario, precisamente porque se encuentra en un \u00e1rea reservada y en un \u00e1rea donde se protege la intimidad de la persona y tambi\u00e9n en el \u00e1mbito de la revelaci\u00f3n de la historia cl\u00ednica, ya se expone esa parte \u00edntima de la persona&#8230; En esta profesiones como la medicina existen ciertos c\u00f3digos de \u00e9tica que coadyuvan al correcto ejercicio de la profesi\u00f3n&#8221;, precis\u00f3. El jurisconsulto tambi\u00e9n hizo llamado a evitar la difusi\u00f3n de im\u00e1genes de la familia ya que esto tambi\u00e9n se enmarca en la violaci\u00f3n a la intimidad y podr\u00eda derivar otros delitos como de odio y discriminaci\u00f3n. Adem\u00e1s que si la informaci\u00f3n respecto al rol se comparte as\u00ed sea en un grupo familiar ya se est\u00e1 incurriendo en el delito. &#8220;No es grabar por grabar sino con qu\u00e9 fin grabo. Si usted quiere colaborar con la justicia, grabe y entregue su dispositivo para que sea el fiscal quien maneje la informaci\u00f3n o para eso est\u00e1n las c\u00e1maras de seguridad. Yo no puedo filmar a personas que se est\u00e1n besando, personas que est\u00e1n realizando actos \u00edntimos por muy p\u00fablico que est\u00e9n, pero filmar y comenzar a difundir con un objetivo de morbo eso ya es incurrir en un delito&#8221;, se\u00f1al\u00f3. En el caso de delitos con menos de cinco a\u00f1os de reclusi\u00f3n se puede suspender a petici\u00f3n de parte en la misma audiencia de juicio. 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