{"id":257350,"date":"2020-10-16T20:26:00","date_gmt":"2020-10-16T20:26:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/?p=257350"},"modified":"2020-10-16T20:26:00","modified_gmt":"2020-10-16T20:26:00","slug":"la-fiscalia-no-cuenta-con-el-presupuesto-para-la-creacion-inmediata-de-unidades-especializadas-en-extincion-de-dominio-senala-diana-salazar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/la-fiscalia-no-cuenta-con-el-presupuesto-para-la-creacion-inmediata-de-unidades-especializadas-en-extincion-de-dominio-senala-diana-salazar\/","title":{"rendered":"&#8216;La Fiscal\u00eda no cuenta con el presupuesto para la creaci\u00f3n inmediata de unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio&#8217;, se\u00f1ala Diana Salazar"},"content":{"rendered":"<p>La fiscal general del Estado, Diana Salazar sugiri\u00f3 a la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n Ciudadana de la Asamblea que, a trav\u00e9s de una transitoria en el proyecto de Ley Org\u00e1nica de Recuperaci\u00f3n de Bienes de Origen o Destino Il\u00edcito o injustificado, otorgue un plazo de por lo menos seis meses para la implementaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio.<\/p>\n<div id=\"attachment_257351\" style=\"width: 1290px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img aria-describedby=\"caption-attachment-257351\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-257351\" src=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/ecuador-times-ecuador-news-prosecutor-does-not-count-budget-domain-extinction-diana-salazar.jpg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"887\" srcset=\"https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/ecuador-times-ecuador-news-prosecutor-does-not-count-budget-domain-extinction-diana-salazar.jpg 1280w, https:\/\/www.ecuadortimes.net\/es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/ecuador-times-ecuador-news-prosecutor-does-not-count-budget-domain-extinction-diana-salazar-75x52.jpg 75w\" sizes=\"(max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><p id=\"caption-attachment-257351\" class=\"wp-caption-text\">&#8216;La Fiscal\u00eda no cuenta con el presupuesto para la creaci\u00f3n inmediata de unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio&#8217;, se\u00f1ala Diana Salazar<\/p><\/div>\n<p>&#8220;La Fiscal\u00eda General del Estado no cuenta con el presupuesto necesario para cumplir de forma inmediata con la creaci\u00f3n de las unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio (&#8230;) los est\u00e1ndares mundiales reconocen contar con doce agentes fiscales por cada cien mil habitantes y para la regi\u00f3n se sugiere que sea al menos ocho, pero en Ecuador contamos con una tasa de 4.9 agentes, lo que implica que primero se deber\u00eda suplir la brecha existente y junto con esto incorporar las nuevas unidades y profesionales&#8221;, dijo Salazar.<\/p>\n<p>Esta fue una de las observaciones que hizo la fiscal general al proyecto de Ley de Extinci\u00f3n de Dominio, cuyo informe para segundo debate es elaborado por la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n Ciudadana. <strong>Salazar tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que el procedimiento tiene que ser propio e independiente de cualquier otro proceso de car\u00e1cter penal o no penal, que la fundamentaci\u00f3n de la extinci\u00f3n de dominio no deber\u00eda estar anclada a tipos penales espec\u00edficos porque en los que constaban anteriormente existen delitos prescriptibles e imprescriptibles.<\/strong><\/p>\n<p>Sobre la &#8220;retrospectividad&#8221;, la fiscal dijo que existe una &#8220;vaguedad de la norma&#8221; ya que no se dice qu\u00e9 es y c\u00f3mo va a ser aplicada, que debe regir el principio de &#8220;carga din\u00e1mica de la prueba&#8221; para los procesos de extinci\u00f3n de dominio porque es una acci\u00f3n de contenido patrimonial y de car\u00e1cter real.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3 que la reserva en la fase de investigaci\u00f3n pretende proteger la informaci\u00f3n con la que Fiscal\u00eda busca determinar el il\u00edcito y que el plazo para la investigaci\u00f3n patrimonial no debe ser de m\u00e1ximo doce meses por la complejidad del rastreo del dinero, sino de 24 meses. Adem\u00e1s, se debe mantener todas las medidas cautelares establecidas en el proyecto de ley para ambas fases y se debe fortalecer la institucionalidad respecto a la cooperaci\u00f3n internacional.<\/p>\n<p>&#8220;Es importante que la Ley establezca que la monetizaci\u00f3n de los bienes constituidos como activos especiales ser\u00e1 destinada a las instituciones que intervienen en el proceso de extinci\u00f3n de dominio (&#8230;) se deber\u00eda se\u00f1alar el porcentaje que se destinar\u00e1 para la lucha contra la corrupci\u00f3n y las instituciones intervinientes&#8221;, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>El proyecto establece que se destinar\u00e1 un porcentaje no inferior al 80% de lo recuperado para programas de salud, educaci\u00f3n y protecci\u00f3n integral de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en condiciones de doble vulnerabilidad. (I)<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2020\/10\/16\/nota\/8016028\/ley-extincion-dominio-fiscal-diana-salazar-observaciones\">https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/2020\/10\/16\/nota\/8016028\/ley-extincion-dominio-fiscal-diana-salazar-observaciones<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La fiscal general del Estado, Diana Salazar sugiri\u00f3 a la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n Ciudadana de la Asamblea que, a trav\u00e9s de una transitoria en el proyecto de Ley Org\u00e1nica de Recuperaci\u00f3n de Bienes de Origen o Destino Il\u00edcito o injustificado, otorgue un plazo de por lo menos seis meses para la implementaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio. &#8220;La Fiscal\u00eda General del Estado no cuenta con el presupuesto necesario para cumplir de forma inmediata con la creaci\u00f3n de las unidades especializadas en extinci\u00f3n de dominio (&#8230;) los est\u00e1ndares mundiales reconocen contar con doce agentes fiscales por cada cien mil habitantes y para la regi\u00f3n se sugiere que sea al menos ocho, pero en Ecuador contamos con una tasa de 4.9 agentes, lo que implica que primero se deber\u00eda suplir la brecha existente y junto con esto incorporar las nuevas unidades y profesionales&#8221;, dijo Salazar. Esta fue una de las observaciones que hizo la fiscal general al proyecto de Ley de Extinci\u00f3n de Dominio, cuyo informe para segundo debate es elaborado por la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n Ciudadana. Salazar tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que el procedimiento tiene que ser propio e independiente de cualquier otro proceso de car\u00e1cter penal o no penal, que la fundamentaci\u00f3n de la extinci\u00f3n de dominio no deber\u00eda estar anclada a tipos penales espec\u00edficos porque en los que constaban anteriormente existen delitos prescriptibles e imprescriptibles. Sobre la &#8220;retrospectividad&#8221;, la fiscal dijo que existe una &#8220;vaguedad de la norma&#8221; ya que no se dice qu\u00e9 es y c\u00f3mo va a ser aplicada, que debe regir el principio de &#8220;carga din\u00e1mica de la prueba&#8221; para los procesos de extinci\u00f3n de dominio porque es una acci\u00f3n de contenido patrimonial y de car\u00e1cter real. Agreg\u00f3 que la reserva en la fase de investigaci\u00f3n pretende proteger la informaci\u00f3n con la que Fiscal\u00eda busca determinar el il\u00edcito y que el plazo para la investigaci\u00f3n patrimonial no debe ser de m\u00e1ximo doce meses por la complejidad del rastreo del dinero, sino de 24 meses. Adem\u00e1s, se debe mantener todas las medidas cautelares establecidas en el proyecto de ley para ambas fases y se debe fortalecer la institucionalidad respecto a la cooperaci\u00f3n internacional. &#8220;Es importante que la Ley establezca que la monetizaci\u00f3n de los bienes constituidos como activos especiales ser\u00e1 destinada a las instituciones que intervienen en el proceso de extinci\u00f3n de dominio (&#8230;) se deber\u00eda se\u00f1alar el porcentaje que se destinar\u00e1 para la lucha contra la corrupci\u00f3n y las instituciones intervinientes&#8221;, agreg\u00f3. El proyecto establece que se destinar\u00e1 un porcentaje no inferior al 80% de lo recuperado para programas de salud, educaci\u00f3n y protecci\u00f3n integral de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en condiciones de doble vulnerabilidad. 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