Judicatura prepara plan para regular la acción de protección
El gobierno ecuatoriano está organizando un proyecto para plantear reformas constitucionales que buscan eliminar el hipergarantismo, mediante la regulación del trámite de las acciones de protección que los jueces conceden actualmente a los ciudadanos cuando consideran que sus derechos constitucionales han sido vulnerados.
La Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades) es quien desde hace aproximadamente un año lleva adelante un debate sobre este punto, que surgió luego de las quejas del presidente del Ecuador, Rafael Correa, acerca del hipergarantismo que contempla la Constitución de Montecristi, aprobada en el 2008 por la mayoría de Alianza PAIS (AP).
Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura, dijo el pasado jueves que espera que le llegue el proyecto, que aún no ha sido socializado, pero adelantó que no se pueden reducir garantías, consagradas en la Constitución.
En el artículo 88 de la Carta Política, se indica que la acción de protección (antes conocida como amparo constitucional) tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos por la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales.
Así mismo se podrá invocar por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales (…), si presta servicios públicos impropios.
Según la normativa vigente, los jueces de todas las materias: Civil, Penal, Inquilinato, Familia, entre otros, se convierten en constitucionales y podrán conocer sin restricciones, las acciones de protección que presenten los ciudadanos.






