Se agregaron dos explicaciones al inciso sobre mala práctica médica
La ministra de Salud, Carina Vance, consideró que la resolución de ayer, jueves 24 de abril de 2014, emitida por la Corte Nacional de Justicia (CNJ), con respecto al artículo 146 del Código Integral Penal, que establece con claridad las circunstancias en las que la mala práctica profesional, será sancionada.
La funcionaria afirmó que el Ministerio siempre estuvo claro con el inciso pero que era preciso hacer estas aclaraciones para que se pueda entenderlo de una manera integral. El artículo 146 del Código Integral Penal señalaba que la mala práctica profesional sería sancionada cuando existan acciones “innecesarias, peligrosas e ilegítimas”.
Los profesionales de la salud agremiados manifestaron que el inciso era subjetivo y que sus carreras estaban en riesgo. Por ello realizaron marchas, vigilias y entregaron su observación a la Corte para que la analizara. La CNJ resolvió agregar dos explicaciones en las que se detallan que el homicidio culposo por mala práctica profesional debe ser comprendido en su integridad. Además, que “se configura por la inobservancia del deber objetivo de cuidado y por la ocurrencia de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas”.





