Manifestantes del 17S serán juzgados por “ataque o resistencia”
Los 52 adultos que habrían participado en las violentas manifestaciones en los alrededores de los colegios Montúfar y Mejía, así como en el Centro Histórico, serán juzgados por el delito de ataque o resistencia, tipificado en el artículo 283 del nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La persona que ataque o se resista con violencias o amenazas a los empleados públicos, a los depositarios o agentes de la fuerza pública, a los comisionados para la percepción de los impuestos y contribuciones, a los ejecutores de los fallos judiciales, a los guardas de las aduanas y oficinas de recaudación y a los agentes de policía, cuando obran en ejecución de las leyes, o de las órdenes o reglamentos de la autoridad pública, serán sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a dos años, dice el artículo 283.
Los incidentes se produjeron durante las movilizaciones convocadas, el pasado miércoles 17 de septiembre (17S en red social Twitter), por las centrales sindicales y el oficialismo.





