Comisión estudia el artículo 58 de la Ley Orgánica de Servicio Público
Desde la semana pasada la Comisión de los Trabajadores y la Seguridad Social de la Asamblea Nacional desarrolla jornadas de trabajo para la elaboración de un reglamento y la definición de sanciones para evitar la mala práctica del artículo 58 de la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).
Este articulado es un referente para los contratos de servicios ocasionales dentro de la función pública. El articulado establece las directrices para emplear personal y satisfacer necesidades institucionales, previo el informe de la unidad de administración de talento humano, siempre que exista la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos económicos.
Se indica además que estos contratos durarán 12 meses o hasta que culmine el tiempo restante del ejercicio fiscal en curso. También se agrega que en caso de necesidad institucional se renovará por única vez hasta por 12 meses adicionales salvo el caso de puestos en proyectos de inversión o en la escala del nivel jerárquico superior.
La Asambleísta Marllely Vásconez propuso una ley interpretativa al artículo 58, en la que se busca que el contrato ocasional sea máximo de 2 años y de persistir la necesidad se convierta en permanente. Para esto se llamará al respectivo concurso de méritos y oposición y que el mejor puntuado ocupe la vacante.
Mientras tanto, en la Comisión de los Derechos de los Trabajadores existe el consenso de que el artículo 58 es claro y no amerita reforma, el problema para ellos radicaría en su aplicación.





