CORDICOM da a conocer nuevo reglamento de difusión intercultural en Ecuador
El 16 de abril entró en vigencia el Reglamento para la aplicación del Articulo 36 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) para la difusión de contenidos interculturales en los medios de comunicación del Ecuador.
Este artículo de la LOC obliga a difundir, en un espacio del 5% de la programación diaria, contenidos que expresen y reflejen la cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias.
El nuevo reglamento establece los parámetros y las abstenciones para producir los contenidos culturales, también se especifica que se producirán en idiomas originarios, los mismos que serán traducidos simultáneamente al castellano.
Delegados del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (CORDICOM), que elaboró y aprobó el reglamento, están impartiendo un taller sobre las nuevas normativas a medios de comunicación del país.
De los 13 artículos que tiene el reglamento, el número 11 se refiere al idioma utilizado en la difusión de los contenidos interculturales. Con respecto al idioma originario también se habla en cinco artículos más. (I)






