Instrucción militar ilegal se castiga con prisión

El entrenamiento militar sin permiso de la autoridad competente está prohibido por la Constitución y las leyes ecuatorianas.
El artículo 350 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece las sanciones de la instrucción militar ilegal, lo expresa claramente: La persona que imparta o reciba instrucción militar sin permiso de la autoridad competente será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.
Tres juristas, Rafael Oyarte Martínez, Tito Quintero y Jaime Damerval Martínez, explican el marco jurídico ecuatoriano sobre este ámbito, hoy en la palestra pública y en investigación militar y judicial por al menos cuatro vídeos que muestran que dos miembros activos del Ejército, plenamente identificados y que enfrentan procesos administrativos, entrenaron a militantes de Alianza PAIS en Quito.
Oyarte, un magíster en Derecho Público, profesor de posgrado de la Universidad Espíritu Santo, dice que el hecho de entrenar ilegalmente a civiles puede conducir a una desestabilización institucional, e incluso atentar contra la seguridad del Estado y de las personas. (I)
Fuente: http://expreso.ec/actualidad/instruccion-militar-ilegal-se-castiga-con-prision-FY706236





