Aplicación del juicio abreviado genera críticas

4 250 detenidos se han acogido al juicio abreviado desde el 10 de agosto del 2014, cuando entró en vigencia el COIP, hasta el 2016. El procedimiento abreviado es un tipo de juicio rápido que existe en la legislación ecuatoriana desde el 2001. Sin embargo, antes del COIP esta figura se usaba solo en los delitos cuyas penas estaban por debajo de los cinco años de cárcel.
Desde el 2014, ese rango se amplió. Ahora se puede aplicar en delitos con sentencia de hasta 10 años de cárcel. Esto incluye procesados por delitos sexuales, robos, lavado de dinero, delincuencia organizada… Así lo explica la jurista Lorena Palacios. Para que este mecanismo se pueda aplicar, la ley penal determina como requisito que el detenido reconozca los hechos que la Fiscalía le imputa. La aplicación de esta fórmula de juicio ha generado polémicas. El Consejo de la Judicatura (CJ) incluso ya solicitó a la Comisión de Justicia de la Asamblea una reforma, para eliminar la discrecionalidad de los jueces cuando realizan el cálculo de la sentencia. (I)
Fuente: http://www.elcomercio.com/actualidad/aplicacion-juicioabreviado-criticas-justicia-fiscalia.html





