SCPM prohíbe cancelar contratos de medicina

Las empresas de medicina prepagada y aseguradoras de salud no podrán terminar contratos con sus usuarios de manera unilateral argumentando afectación por la entrada en vigencia de la Ley de Medicina Prepagada. Así lo informó ayer Marcelo Ortega, presidente de la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.
Esto, de acuerdo con las medidas preventivas que emitió el organismo el 24 de octubre.
Según la resolución, las medidas están dirigidas a las empresas que ofrecen seguros privados de asistencia médica o asistencia de medicina prepagada. Así, determinó la suspensión de los efectos jurídicos de las terminaciones unilaterales de los contratos corporativos y la prohibición temporal por 180 días para que terminen sus contratos.
La medida se anuncia justamente cuando 170.000 contratos corporativos de medicina prepagada iban a ser cancelados por Salud S.A. Esa empresa informó hace un mes que ya no ofrecería planes corporativos en unas 600 empresas.
La Ley de Medicina Prepagada obliga a las empresas a asumir los costos de las atenciones que se realicen los afiliados al IESS o pacientes que acudan al sistema del Ministerio de Salud Pública, que tengan contratado un seguro privado. Por ello, el sector ha indicado que esto les significará un aumento de la siniestralidad.
Según Ortega, estas medidas se dan en el caso que empezó a investigar la Superintendencia por pedido del presidente del directorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Richard Espinosa, y su directora, Geovanna Andrade, y se basan en el art. 62 de la Ley de Control del Poder de Mercado. (I)
Fuente: http://www.eluniverso.com/noticias/2016/11/01/nota/5885569/scpm-prohibe-cancelar-contratos-medicina





