Fausto Holguín: CREO debe presentar el reclamo a las 41.000 actas

– ¿Qué debe traer CREO para lograr el reconteo total?
– Los reclamos deben enmarcarse en el artículo 138 del Código de la Democracia.
– Pero insisto, ¿qué pruebas deben presentar?
– Ellos tienen que enmarcar su petición junta por junta. Las actas son individuales, no colectivas. Si existe una inconsistencia -falta de firmas, por ejemplo- en un acta del recinto Benalcázar de la parroquia Benalcázar, en Pichincha, esto no significa que la falta de firmas va a persistir en una junta de Azuay. Se tiene que verificar acta por acta.
– Es decir, ¿tienen que justificar su petición por cada una de las 41.042 actas?
– La organización política debe plantear el reclamo a cada una de las actas: cuántas por inconsistencias numéricas y cuántas por falta de firmas.
– Entonces si CREO quiere que se abran todas las juntas ¿tiene que presentar 41.000 observaciones?
– Exactamente. Las organizaciones políticas deben dejar de hablar de números fríos, de acciones porcentuales y enmarcarse en lo que establece la ley.
– ¿Es la única condición que pone el CNE?
– No es una condición del Consejo, está en el Código de la Democracia.
– La oposición insiste en que hubo fraude…
– Eso es falso. Se demostró que el proceso fue transparente y los partidos lo saben, porque sus delegados fueron testigos, estuvieron presentes en todo el proceso.(I)





