Método de destitución judicial genera discusión
Según datos del Consejo de la Judicatura un total de 101 jueces fueron destituidos de sus cargos entre el 7 de febrero y el 28 de agosto pasado a nivel nacional. De estos casos, 96 fueron removidos en base al numeral 7 del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial que señala como falta gravísima el intervenir en las causas que debe actuar, con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable”.
Este criterio de error inexcusable no se encuentra descrito o detallado dentro del Código por lo que representaría juzgar algo que no está tipificado y que no se sabe lo que es legalmente, según lo afirma el jurista Rafael Oyarte en un artículo para diario El Comercio.
La figura del error inexcusable ha recibido críticas como las señaladas en el informe de la Veeduría Internacional a la justicia en el país y que está encabezada por el exjuez español Baltasar Garzón. “Puede enmascarar acciones disciplinarias que suponen auténticas revisiones jurisdiccionales”, indica el documento.
“El alto uso de esta figura revela que hay violación al principio de independencia. La Judicatura destituye a los jueces por error inexcusable sin que eso haya sido señalado por un juez superior”, agrega Oyarte.
El presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh, considera que las remociones son parte del proceso de modernización de la Justicia y en declaraciones a la prensa ha señalado que se sanciona con el debido proceso, pero también es cierto que antes ni siquiera se sancionaba”.
Entre las demás causas de destitución registradas en el período de febrero a agosto se encuentran el abandono del puesto, la filtración de contenidos, dar datos falsos en concursos y la retención indebida de bienes.