Bancos no pagarán impuesto a Salida de Divisas
Desde el pasado 22 de julio, Los pagos de créditos directos, líneas de crédito o depósitos que realicen las entidades del sistema financiero nacional al exterior estarán exentos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). Así lo fija la resolución 107-2015-F de la Junta Monetaria Financiera.
Según la norma, las entidades del sistema financiero nacional podrán acogerse al beneficio cuando los recursos provengan de entidades internacionales (financieras o no) que otorguen financiamiento siempre que cumplan cuatro requisitos.
Primero que los recursos provenientes del exterior sean créditos directos, líneas de crédito o depósitos. Segundo, que las operaciones se registren en el Banco Central; tercero, que el plazo de estas operaciones sea mayor a un año; por último, que los recursos se destinen a financiar créditos productivos corporativos, productivos empresariales, a la pyme, comercial prioritario, vivienda, microcrédito y eventuales requerimientos de liquidez de las entidades.
El ISD es el tercer impuesto que más rinde al Fisco. Este tributo fue introducido por el actual Gobierno en el 2008 y grava la salida de dinero de Ecuador al exterior. el cobro de este impuesto creció 40 veces hasta el 2014, al pasar de USD 31 millones a USD 1 259 millones, según datos del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Para que la banca, cooperativas u otras entidades locales se puedan acoger al beneficio, las financieras internacionales deben ser calificadas por las superintendencias de Bancos o de Economía Popular y Solidaria, anota la resolución. (I)
Fuente: http://www.elcomercio.com/actualidad/banca-exenta-pago-impuesto-ecuador.html






