Contraloría ya no auditará la gestión de entidades públicas
La enmienda que aprobó la Asamblea a dos artículos de la Constitución, el 211 y el 212, restó a la Contraloría General del Estado la competencia para efectuar auditorías de gestión; es decir, aquellas que se aplican al cumplimiento de los objetivos de una institución.
En el primer caso, el texto original de la Carta Magna señala que la Contraloría es el organismo encargado del control de los recursos estatales y de la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos; la enmienda retira la frase y de la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado.
En el otro caso, se suprime la palabra gestiones del siguiente texto: Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal relacionados con los aspectos y gestiones sujetas a su control…. (I)






