La muerte cruzada neutraliza transitoria de Correa

imagen: EL Comercio
Al menos en tres ocasiones en el último mes, el presidente Rafael Correa ha vuelto a hablar de la muerte cruzada, figura que fue establecida en la Constitución de Montecristi. El recurso implica la destitución de la Asamblea Nacional, previo el aval de la Corte Constitucional y convocar a elecciones.
Ante una eventual pérdida, el 2017, de la mayoría parlamentaria que hoy tiene Alianza País, el Presidente sostuvo que mi sucesor podría recurrir a la muerte cruzada. Con ello, así lo dijo el viernes, durante el conversatorio con medios de comunicación de Cotopaxi, él podría volver a postularse.
Si bien durante la reciente aprobación de las enmiendas se introdujo una transitoria que impide a Correa y a los actuales asambleístas, que ya tienen dos períodos en el cargo, postularse para las próximas elecciones, la eventualidad de una muerte cruzada dispuesta por su sucesos les beneficiaría de inmediato.
Según el artículo 148 de la Carta Magna, el Presidente, durante sus tres primeros años de gestión, puede disolver la Asamblea Nacional en casos específicos, como dificultar la gobernabilidad. También, la Asamblea puede destituir al Mandatario. (I)
Fuente: http://www.elcomercio.com/actualidad/muertecruzada-reeleccion-asamblea-enmiendas-rafaelcorrea.html





