No afiliación al IESS con pena de tres a siete días de prisión
Según el Código Integral Penal (COIP), no afiliar a los trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) tendrá una pena de tres a siete días de prisión.
El artículo 243 del Código establece la intervención en la empresa por parte de las autoridades de control, además de una multa de tres a cinco salarios básicos por trabajador no afiliado.
Luis Poveda, representante de los empleadores ante el Consejo de Salarios (Conades), añadió que si bien la afiliación ha sido siempre una obligación legal que las empresas serias del sector privado han venido cumpliendo, la decisión de penalizarla ha incentivado a que más empleadores acaten la norma.
El sector de las empleadas domésticas sería uno de los que cuenta con menos afiliados. Maximina Salazar, representante de la Asociación de Trabajadoras Remuneradas del Hogar, destacó que de 370 socias apenas 45 están afiliadas.





