OIT pide cambios en la legislación laboral ecuatoriana
Un informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) hace varias observaciones a la legislación laboral ecuatoriana en relación con el Convenio 87, referente a la libertad sindical. El documento contiene varios pedidos al Gobierno para cambiar la normativa y garantizar los derechos de los trabajadores públicos; y en ciertos temas solicita más información.
La Comisión analizó las observaciones presentadas por la Internacional de Servicios Públicos (ISP), la Unión Nacional de Educadores (UNE), el Comité Permanente Intersindical (CPI), la Organización Internacional de Empleadores (OIE) y la Confederación Sindical Internacional (CSI) recibidas en septiembre pasado y las respuestas que dio el Gobierno.
Además, la Comisión hace referencia al artículo 2 del Código de Trabajo que habla del derecho de los trabajadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes y la imposibilidad de no poder constituir más de una organización sindical, según establece el artículo 326 de la Constitución.
Ante esto, el Gobierno responde que la disposición constitucional tiene la finalidad de que exista una sola organización fuerte y sólida, pero la Comisión recuerda que este derecho implica que el pluralismo sindical debería ser posible en todos los casos.