Rafael Correa decretó los feriados del 2016
La Presidencia de la República expidió ayer, 28 de diciembre de 2015, el Decreto 858 que establece el calendario de feriados nacionales obligatorios, recuperables, traslados y puentes para el sector público, con vigencia hasta el 2020. El documento establece que a pesar que la normativa aplica obligatoriamente para los funcionarios del Estado, el sector privado puede acogerse a las jornadas de descanso establecidas en este.
Feriados del 2016
Enero Viernes 1 Año nuevo (no recuperable)
Febrero Lunes 8 y martes 9 – Feriado de Carnaval (recuperable)
Marzo Viernes 25 Feriado Viernes Santo (no recuperable)
Mayo El feriado del martes 24 de Mayo-Batalla de Pichincha, se traslada al viernes 27 (no recuperable)
Agosto El feriado del miércoles 10 de Agosto- Primer Grito de la Independencia, se traslada al viernes 12 (no recuperable)
Noviembre Miércoles 2 de noviembre- Feriado de Difuntos (no recuperable) Jueves 3 de noviembre Independencia de Cuenca (no recuperable) Viernes 4 de noviembre- (puente recuperable)
Las fechas como el 1 de Mayo Día de Trabajo, 9 de Octubre- Independencia de Guayaquil, 25 de diciembre Navidad, no están incluidas en este calendario ya que se dan en fin de semana.
Fuente: http://www.elcomercio.com/actualidad/ecuador-decreto-feriados-descanso-2016.html





