Se realizó conversatorio sobre caso Waorani
La sentencia sobre el caso Waorani fue explicada en un conversatorio realizado ayer por la Vicepresidenta de la Corte Constitucional, Wendy Molina, quien habló sobre los alcances del fallo en una videoconferencia.
El artículo 441 establece que quien, con propósito de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, perpetre alguno de los siguientes actos, será sancionado. Quien ocasionare la muerte de sus miembros, será sancionado con pena de reclusión mayor especial de 16 a 25 años.
Molina explicó que según la sentencia, la figura penal del genocidio solo podrá ser aplicada por el juez de Garantías Penales. Además, éste deberá verificar primero y mostrar con argumentos el cumplimiento de pasos determinados en la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.
La Defensoría del Pueblo también deberá vigilar el debido proceso e informará a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la sentencia, mientras dure el proceso penal en la provincia de Orellana.





