Según Reformas, solo el Presidente de la República podrá tener edecanes
La Asamblea Nacional se allanó ayer al veto parcial que el Ejecutivo hizo a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) Dentro de las reformas, se encuentran nuevas reglas para otorgar los ascensos militares y la asignación de edecanes.
Esta semana, la nueva ley se publicará en el Registro Oficial y los deberán empezar a ejecutarse.
Entre las principales reformas se encuentran: la disposición de que solo los ascensos a generales se los concederá a través de Decretos Ejecutivos firmados por el Presidente. Además, el ascenso a coroneles, capitanes, tenientes coroneles, mayores y oficiales subalternos se otorgará únicamente por medio de Acuerdos Ministeriales.
Además, se establece que solo el Presidente de la República tendrá acceso a los edecanes y él será quien determine las funciones de estos oficiales y el tiempo de permanencia en el cargo (que no puede ser superior a dos años). Anteriormente, los edecanes protegían también al Vicepresidente de la República y a los titulares de la Asamblea Nacional y de la Función Judicial.
Finalmente, se añade que el Jefe Militar de la Casa Presidencial ejercerá el cargo por una sola vez y por el período que el Presidente lo designe.





